El papá de mi hija exige verla pero no quiere hacerse cargo
¿Existe la posibilidad de prohibirle la convivencia con mi hija hasta que se haga cargo de sus gastos?
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Si bien es cierto, el progenitor tiene la obligación de proporcionar alimentos a su hija, por lo consiguiente se puede solicitar el aseguramiento de una pensión provisional en un primer momento como la definitiva, respecto a la convivencia, es es un juicio totalmente distinto al de pensión alimenticia, ya que la convivencia entre padres e hijos debe darse pues es un derecho, sin embargo debe desahogar un juicio para establecer dicha convivencia y esta debe acordarse ante autoridad competente, su situación tiene solución. Contáctenos.
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Si el padre reconoció a su hija se puede iniciar un juicio de perdida de patria potestad por incumplimiento de la pensión alimenticia lo que generará que no pueda verla pero si tendrá que dar pensión si no la registro el deberá iniciar primero un juicio de reconocimiento de paternidad. Quedamos a sus órdenes.
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La convivencia no depende del cumplimiento de la obligación alimentaria, sin embargo le recomiendo que usted le demande Juicio sobre embargo de alimentos si el padre tiene fuente de trabajo estable y localizable, en caso contrario puede denunciarlo por el cumplimiento de obligaciones alimenticias ; así mismo mientras el no le demande la convivencia con su hijo usted puede negarse a que se de esa convivencia, solo considere que el menor es quien necesita esa convivencia con su padre y no ponerlo en medio del problema.
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Son dos cosas distintas, ya que lo alimentos son obligaciones de los padres, y la convivencia es derecho de los menores, por lo que es prácticamente imposible que se prohíba la convivencia por falta de pago de alimentos, lo que se puede hacer es que lo denuncie ante el Ministerio Público, y ahí le fijen un monto de pensión alimenticia, o que lo denuncie y al mismo tiempo trámite un juicio de pensión alimenticia, claro esto siempre y cuando este reconocido el hijo, ya que si no está reconocido si puede negarle la convivencia, pero no puede demandar alimentos.
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