El crédito INFONAVIT en la pensión alimenticia
¿El crédito INFONAVIT se toma en cuenta como deducciones legales para determinar el monto a pagar?
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Si nos damos permiso de reflexionar sobre el asunto, un crédito para adquisición de una casa es un compromiso que hay que cumplir puesto que se trata de una deuda, y siendo por parte del INFONAVIT, los pagos se descuentan por nómina, por lo tanto un juez tendría que evaluar siempre y cuando alguien le proporcione los elementos suficientes, si el porcentaje que hay que aplicar sobre las percepciones del deudor alimentario para determinar la pensión alimenticia, tendría que aplicarse antes o después de la deducción de la cantidad que se paga al INFONAVIT. Si se tratara de un crédito hipotecario bancario que no se descuenta por nómina, el deudor tendría que estarlo pagando de lo que le resta después de habérsele retenido la pensión alimenticia, pero si el deudor alimentario está ofreciendo como parte de sus obligaciones la de proveer vivienda a sus acreedores alimentarios mediante el pago de la hipoteca, es muy probable que el juez deje que el patrón del deudor le aplique a éste primero la deducción del pago al INFONAVIT y al resultado le aplique el cálculo de la pensión alimenticia, a menos que dicha pensión se haya fijado como una cantidad fija.
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Buenas Noches. Le informo que no, no es parte de una pensión alimenticia. SALUDOS. LIC. JUAREZ.
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