Edad límite para dormir fuera de casa en visita de convivencia
Según lo convenido ante juzgado segundo de lo familiar en Ecatepec, Edo. Mex., acordamos que los 3 primeros meses el padre visitaría al niño en el domicilio, los siguientes 9 meses se lo llevará y lo devolverá el mismo día y al año podrá dormir fuera de casa la noche del sábado. Calculando, a esas fechas el niño tendrá dos años y no creo sea legal que duerma fuera de casa. ¿Qué edad es la mínima para poder convivir fuera del domicilio de la patria potestad? ¿Puedo modificar este convenio por protección al menor?