Desaalojo de local.

Realizada por pilar. 19 ene 2016 Derecho a la vivienda

Llevo 17 años rentando un local comercial, ahora el dueño no me quiso recibir la renta de este mes y me da 15 días para desalojar, soy madre soltera y es mi único sustento este negocio ¿Qué puedo hacer?

Además no me dan una razón, tengo un contrato que se firmó y se vence dentro de 6 meses y estoy al corriente en mis pagos.

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De inmediato debe de consignar la renta al juzgado para no incurrí en mora, no existe manera lógica ni legal de probar que el arrendador no le quiere recibir la renta, ni siquiera llevando un notario, pues el notario no se quedará todo el mes a verificar que todos los días iba usted a tratar de dársela y esta persona no se la recibía.
Por esta razón la única manera de acreditar que no nos reciben la renta es depositarla en el juzgado y que el notificador del juzgado levante a certificación de que allí esta su dinero y si el arrendador no se presenta a recogerlo ya el sabrá porque.
la única razón por la que pueden lanzarla es por no pagar la renta, por lo que si no hace las consignaciones al juzgado, procederá la demanda del actor, y se ordenará el desalojo, porque le repetimos no haya manera de que se prueba que no se la recibió, cuando la ley claramente dice que si no se la reciben la debe de depositar en el Juzgado.
Claro que todo esto debe hacerlo un abogado, inclusive al demandarla se debe de contestar la demanda en tiempo y manifestar que esta mintiendo su casero, que usted le deposito la renta y se le notificó, esto lo obligara a respetarle el contrato y a tener que darle UN AÑO mas de prorroga una vez que este se venza. claro estos derechos se ganan en el juicio, es imposible que sin demandar, consignar o contestar, se los vayan a otorgar, debe asesorarse o la van a lanzar al termino de cuatro meses.

Amparo y Derecho Administrativo en GDL Abogado en Tlaquepaque

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Si Usted tiene contrato vigente no tiene derecho el dueño del local a exigirle la devolución del mismo sino hasta el vencimiento del Contrato vigente. Mientras dicho contrato exista Usted puede y debe consignar el pago de las rentas para que se demuestre que Usted está cumpliendo el contrato y que su casero no pueda tratar de desalojarla escudado en el argumento de su incumplimiento por no pagar las rentas. Si el arrendador la demanda, esa demanda debe estudiarse, responderse y defenderse debidamente. Contáctenos y con mucho gusto la atenderemos.

Apoyo Legal Abogado en Cuauhtémoc

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