Hola. Quiero comenzar una demanda de parternidad contra mi ex pareja para que reconozca a nuestra hija que ya tiene 7 meses de nacida. Pero quisiera orientación, ya que debido a que el señor se negó a darme apoyo cuando se enteró de mi embarazo, y siendo yo foránea en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, en donde radicaba y conocí al señor, tuve que mudarme de regreso a mi estado de origen, Tabasco, a fin de recibir apoyo emocional y económico de parte de mis familiares. Mi hija está registrada con mis apellidos en el estado de Tabasco.
Para poder poner la demanda, ¿tengo que viajar a Monterrey?¿ Qué tan tardado es un caso así de estado a estado? ¿Puede el señor pedir custodia compartida aunque viva lejos?¿La prueba de ADN se realizaría allá o en mi ciudad? Estoy en cero respecto a esto, agradecería su amable respuesta.
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las demandas de reconocimiento de paternidad y las de alimentos se inician en la localidad donde residen los hijos o acreedores alimentarios.
Si retarda el procedimiento porque prácticamente se duplican todas las actuaciones en ambos Tribunales, todo requerimiento se lleva vía exhorto, que requiere de envió acuerdo de recepción, diligenciación, acuerdo de respuesta, envío recepción y acuerdo de la etapa siguiente, sin embargo es mejor que tener que estar viajando a aquella ciudad a cada diligencia.
La toma de muestras se hace a cada uno en su lugar de residencia, y si no es posible que un solo laboratorio realice el comparativo se hace en en cada estado,
Y sí es derecho preferente de la madre conservar la custodia, pero tendrá siempre expedito el derecho el padre de viajar a visitar a la menor y de ser su interés en el momento que se considere oportuno después de los 12 años aproximadamente, podrá solicitar de el Juez autorice a la menor visitas a su ciudad y periodos de vacaciones compartidos y alternados, esto claro si es de interés del Demandado.