¿Debo entregar a mi hijo con ropa y comida?

Realizada por Ximena Iñarritu. 4 oct 2018 Pensión alimenticia

Buenas tardes, soy madre de un pequeño infante de 3 años, le he entregado en las visitas al padre una maleta con ropa y comida para las 4 hrs que mi hijo estaba con él (2 veces por semana) sin embargo considero que mi hijo ya tiene edad para que le den alimentos preparados por él, además del peligro de que se echen a perder en la maleta y que muchas veces le da otra comida y dejan la que yo le mando en la maleta.
Ropa si le seguiré mandando, así como toallitas, talco , etcétera.
Mi duda es: ¿es incumplimiento dejar de mandarle comida? ¿es opcional u obligatorio? ¿Hay algún sustento/ley/código donde se exponga que es mi obligación mandar comida?

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No es obligatorio, es de cada persona, lo que si es obligatorio es una pension alimenticia o un regimen de convivencia o visitas. Pero claro esta que lo que tu comentas es logico y con mucha razon que debe de ser asi, porque la comida y demas se hechan a perder muy rapido con estos calores y al que afectaran sera al menor. El debe de comer en sus horas y comida del dia y del momento (salud)

Lic. Raúl Francisco Díaz Mortera Abogado en Minatitlán

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Si claro lo establece el articulo 323 del código civil, ya que usted recibe pensión alimenticia para el niño lo cual es su obligación.

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Si es su obligacion. Saludos

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