¿Cómo sacar escrituras por primera vez?

Realizada por lila. 19 jul 2019 Notario

Buena tarde, quisiera saber si me pueden asesorar respecto de un un inmueble que no cuenta con escrituras, solo un contrato privado, pero ambas personas ya fallecieron. Del vendedor se desconoce cualquier dato de él y su famila. Quisiera saber como se puede sacar esa escritura a nombre de la esposa del comprador, si no hay ningún dato en el registro de esa casa. Por otra parte quisiera saber si hay posibilidad de que la persona, que vive en dicho inmueble, una hija del comprador, escriture a su nombre si tiene mas de 10 diez viviendo ahí y con servicios a su nombre aunque predio y agua se paguen a nombre del comprador, papa de la persona que vive ahi y esposo de la señora que quiere escriturar.

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En ese caso, entiendo que hay una mujer en posesión del inmueble que resulta ser la hija de la esposa del comprador, y dicha esposa quiere escriturar apoyándose en el contrato que firmó su esposo que fue en vida el comprador, y que ya falleció. Lo interesante del caso es que no se elevó a valor de escritura pública dicho contrato de compra venta, por lo que entiendo que la propiedad sigue siendo del vendedor para el Registro Público de la Propiedad. Ignoro si el contrato, que debe estar firmado por las partes, menciona si el bien quedó totalmente pagado, lo cual ayudaría mucho en una eventual demanda de los herederos del vendedor. También ignoro si la esposa y la hija del comprador están de acuerdo en la forma como quisieran promover una prescripción adquisitiva del inmueble, porque entiendo que la posesión la tiene la hija y el contrato lo tiene la esposa que es su madre, y combinando ambas cosas, la posesión y el contrato que justifica la permanencia en el inmueble, sería mucho más fácil acreditar el derecho de propiedad sobre el bien con todos los requisitos, ante una autoridad, para obtener la escritura correspondiente.

Asesores Lechuga Quijano Abogado en Cuautitlán Izcalli

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Buen día Lila.
Para que un inmueble quede a nombre de una persona cuando no tiene registro, debe tener la posesión de ese inmueble y por medio de esta, promover un Juicio que se conoce en la jerga jurídica como Usucapión.

Este juicio en costo es un poco alto y en tiempo también, pero al final la Sentencia te sirve como Escritura, es decir, no necesitas realizar el gasto de escrituración ante notario.

Saludos.

Defensa Migratoria Tapia & Asociados Abogado en Puebla de Zaragoza

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