Me casé hace 20 años en Michoacán por bienes separados, ahora vivo en Hidalgo y quiero comprar una casa, me dicen que es mejor que estemos casados por bienes mancomunados, porque de fallecer alguno de los dos, la casa queda liquidada, ¿Esto puede ser así? y si sí, ¿Cómo puedo hacer el cambio de régimen? ¡Gracias!
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Si su deseo es cambiar el régimen matrimonial por el cual se casaron, se puede hacer mediante un sencillo procedimiento ante el Juez de lo Familiar de su Ciudad.
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Buenos días, mi sugerencia es que no realice el cambio de régimen matrimonial, quien se lo recomendó seguramente no sabe de las consecuencias posteriores, si fallece uno de los dos, no se liquida el bien, al contrario, las deudas pasan al cónyuge que sobrevive. En cambio en separación de bienes, al ser el bien única y exclusivamente suyo, al momento de fallecer, el adeudo se liquida o bien, pasa a las personas que se encuentren descritas en el contrato de compra venta o de hipoteca en su caso, que tenga buen día.
Buen día, le informamos que sí es posible cambiar el régimen, pero la verdad hay seguros que cubren este tipo de situaciones y no siendo necesario que estén casados por bienes mancomunados, ya que el cambiar el régimen en caso de querer divorciarse en un futuro le podría traer problemas. Estamos a sus órdenes.