Tengo una hija de un año puesto que la tuve y registre con mi apellido pero ella estando casada y yo sin saberlo, ella amenaza con demandar manutención, quedarse con su esposo y con mi hija además....como puedo proceder ante está situación
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Hola que tal.
Ella y tu son libres de hacer de su vida marital u amorosa lo que se les plazca, a la ley no le importa si rehacen o no su vida o si fueron amantes o si te fue infiel o tu a ella o viceversa, solo se enfoca a que no exista violencia psicologica o fisica en estos casos que afecten a menores de edad o a las personas o terceros.
Por lo que si ella es su deseo seguir en su vida marital es libre de hacerlo, la menor es hija de usted y asi sera siempre, puede promover su derecho a visitas y convivencia con su hija, y en algun momento solicitar una guarda y custodia compartida, pero apartir de los tres años, si es que no existe causales para perder una custudia o hasta la misma patria potesdad.
Vaya con un abogado en materia familiar en su ciudad y por otorgue una pension alimenticia para su hija, (misma que recibira la madre) por tener la custodia y cuidado de la menor, y promueven ahi las visitas y convivencia.
Buenos días. Usted tiene que cumplir con su obligación alimentaria para con su hija mes con mes, no deje de hacerlo, pues sí incumple por más de 3 meses, la mamá biológica, le puede demandar la pérdida de la patria potestad, fracciones IV y V del artículo 444 del Código Civil de la CDMX.
Busque a su hija, conviva con ella. Sí la madre se lo impide, puede demandarle un régimen de convivencias y visitas, es derecho de su hija a convivir con su papá.
A sus órdenes.
BUENOS DÍAS, a sus comentarios, le señaló que antes de actuar debería investigar si la menor no tiene dos actas de nacimiento, una por parte de usted y otra del matrimonio de ella. Es importante saberlo para determinar como actuar frente a ella y su matrimonio, ya que no creo que su cónyuge le haya permitido un desliz y aceptar la manutención de la menor sólo por un deber moral o compasión.
Por otro lado, le sugiero que abra una cuenta bancaria a nombre de la menor para depositar una cantidad suficiente de dinero para que le avise a la madre mediante notificación judicial que tiene ese derecho. Asimismo, demandarle el derecho de las visitas y convivencias; así como, la guarda y custodia compartida, donde acreditará que entrega puntualmente una pensión alimenticia voluntaria; y expresando que hasta ese momento tenía conocimiento que dicha señora era casada. Asimismo, en cualquiera de las demandas que entable contra esta señora, si resultase de su investigación que tiene dos actas de nacimiento la menor, no sólo podrá demandar la Investigación de la Paternidad, donde acreditará ser el padre mediante la prueba sanguínea, sino pedirá que el Registro Civil emita las dos actas de nacimiento que tiene la menor para nulificar una, pero dando vista al Ministerio Público para abrir la denuncia por falsedad, entre otras tantas que puedan surgir por dicho proceso.
Luego entonces, la decisión es de usted y a su vez, es preciso que determine realmente cuál es su deseo si es ACEPTAR LA RESPONSABILIDAD de tener una hija o simplemente venganza por haber sido fruto de una cruel mentira. Recuerde que todos corren una difícil desilusión pero depende de usted como quiera llevar a cabo su responsabilidad, En verdad busque las mejores alternativas para su beneficio y recuerde que las venganzas no son buenas y mucho menos dulces. Sin otro particular, espero haber satisfecho sus dudas y comentarios. Saludos cordiales. Licenciada Juárez.
LE COMENTO QUE LA CUSTODIA POR LO REGULAR SIEMPRE LA TENDRÁ LA MADRE HASTA DETERMINADA EDAD DEL MENOR, PERO SI USTED PROPORCIONA ALIMENTOS PUNTUALMENTE PUEDE Y TIENE DERECHO DE CONVIVIR CON EL O LA MENOR ASÍ COMO TENER LA PATRIA POTESTAD. SI TIENE MAS DUDAS BUSQUE UN ABOGADO EN MATERIA FAMILIAR PARA QUE LO ASESORE O INICIE ACCIONES LEGALES A FAVOR DE USTED. SALUDOS CORDIALES.
Buenos días. Usted tiene que cumplir con su hija, tiene que proporcionarle la pensión alimenticia mes con mes. No deje de cumplir, pues con 3 meses de incumplimiento de su parte, la madre le podrá demandar la pérdida de la patria potestad por abandono por más de 3 meses y por no proporcionar la figura jurídica de los alimentos.
Repito, cumpla con su obligación alimentaria y busque a su hija, conviva con ella, es derecho de su hija a convivir con Usted. Sí la mamá se la niega,
Buena tarde nos ponemos a su disposición, jurídico castillo
Sin lugar a dudas podemos atenderle y darle la mejor solución en su proceso familiar, podemos revisar la parte de la custodia compartida y un régimen de convivencias con su menor hija ya que si bien es cierto, ella si demanda primero va a poner sus pretensiones, es mejor que nosotros demandamos primero.
Buenas tardes, si usted reconoció a la menor es decir le dio sus apellidos, tiene la obligación alimentos para con la menor. Si usd no está seguro de que sea su hija se puede desconocer la paternidad. Finalmente es importante enfatizar que la obligación que tiene es únicamente con la menor y no con la progenitora de su hija.