¿Cómo hacer residente a mi esposo colombiano?

Realizada por laura martinez. 8 feb 2016 Matrimonio

Me casé hace un año por la iglesia, ¿qué trámites necesito hacer, cuánto tiempo lleva el proceso y cuánto me costaría que él pueda estar viviendo legalmente en México como un ciudadano más?

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Buenas Noches Laura Martinez,

Te ofrezco mi asesoría y ayuda para tu tramite el costo total seria de $17,000 mil pesos incluyendo el Pago de derechos gubernamentales por $1,250.00.
también te anexo la información básica espero sea de tu ayuda.


Naturalización y nacionalidad mexicana

C) Por matrimonio con mexicano (a)

De conformidad con la Ley de Nacionalidad vigente, se deberá acreditar residencia en el país mínima de 2 años como Inmigrante o Inmigrado, inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud presentada ante esta Dependencia y que durante dicha temporalidad el solicitante no se haya ausentado del país por más de 180 días naturales.

Así mismo, el documento migratorio del solicitante debe tener por lo menos 6 meses de vigencia a la fecha de presentación de la solicitud de este trámite, así como estar vigente al momento en el cual se otorgue la carta de naturalización.

Se deberá anexar junto con la solicitud de trámite los siguientes documentos:

1. Original y dos copias de la forma migratoria FM2 vigente, con la que se acredite la residencia en el país y en dicho documento migratorio debe tener anotadas y que coincidan sus salidas y entradas del país para el cómputo de ausencias correspondientes.
2. Original y dos copias del pasaporte vigente.
3. Original del acta de matrimonio expedida por la oficina del registro civil mexicano, o de la inserción del acta de matrimonio celebrado en el extranjero. En ambos casos la fecha de celebración del matrimonio debe ser de por lo menos dos años anteriores a la presentación de la solicitud.
Para el caso de matrimonio celebrado en el extranjero éste tendrá efectos retroactivos si se cumplió con lo dispuesto por el artículo 161 del Código Civil Federal, que a la letra dice: "Tratándose de mexicanos que se casen en el extranjero, dentro de tres meses de su llegada a la República se transcribirá el acta de la celebración del matrimonio en el Registro Civil del lugar en que se domicilien los consortes. Si la trascripción se hace dentro de esos tres meses, sus efectos civiles se retrotraerán a la fecha en que se celebró el matrimonio; si se hace después, sólo producirá efectos desde el día en que se hizo la transcripción".

4. Para comprobar la nacionalidad del cónyuge mexicano deberá presentar, alguno de los siguientes documentos:
a) Original expedida por la oficina del registro civil mexicano del acta de nacimiento (registrado dentro del primer año de edad); o,
b) Certificado o declaración de nacionalidad mexicana o carta de naturalización.
5. Declaración bajo protesta de decir verdad, del cónyuge mexicano, de que viven de consuno; de conformidad con el artículo 20, fracción II de la Ley de Nacionalidad, la cual tendrá que otorgar ante las autoridades de la Secretaria de Relaciones exteriores el día de la presentación de la solicitud.
6. Una fotografía reciente tamaño pasaporte, de frente, a color y con fondo blanco.
7. Original y copia de una identificación oficial vigente del cónyuge mexicano, expedida en la República Mexicana que contenga fotografía y firma del mismo, como puede ser la credencial para votar con fotografía, cédula profesional, pasaporte mexicano vigente, (excepto licencia de manejo y tarjeta de identidad postal).
8. Pago de derechos gubernamentales por $1,250.00, al inicio del trámite por la recepción y estudio de la solicitud; y por la expedición de la carta de naturalización.
9. Completar el cuestionario DNN3 y enviárnoslo por correo electrónico para su debida preparación y captura, conforme a las especificaciones y términos que la Secretaría de Relaciones Exteriores establece.
10. Carta bajo protesta de decir verdad de salidas y entradas al país.
11. Carta de no antecedentes penales federales.
12. Carta de no antecedentes penales estatales.
13. Se le realizará un examen de historia de México, el mismo día de la presentación del trámite. En caso de no acreditar favorablemente el examen, el trámite no será recibido por parte de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Una vez reunidos los requisitos antes mencionados y acreditado el examen de historia de México, el solicitante deberá acudir a la Secretaría de Relaciones Exteriores para presentar la solicitud de trámite, firmar, poner sus huellas digitales y que le tomen las fotografías oficiales.

Al concluir el trámite, la Secretaría de Relaciones Exteriores expedirá la carta de naturalización, la cual tendrá que recogerse personalmente por el interesado en la propia Secretaría de Relaciones Exteriores.

Este trámite tarda aproximadamente entre 8 meses y 1 año, ya que además del estudio y aprobación que realiza la Secretaría de Relaciones Exteriores, es necesario el visto bueno y la anuencia del Instituto Nacional de Migración.

De conformidad con la Ley de Nacionalidad, una vez que se entregue la carta de naturalización, se deberá de entregar el documento migratorio vigente y hacer una renuncia expresa ante el funcionario de la Secretaría de Relaciones Exteriores, a la nacionalidad anterior del solicitante.

Attorney at law Alejandra Adams *Alejandra Padilla Abogado en Autlán

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