Cancelación de hipoteca por cumplimiento de condena
Después de 9 años desde que fui despedido y dejé de pagar la hipoteca, de haber sido demandado por el banco y haber caducado la acción por abandono de los cesionarios que adquirieron los derechos y prefirieron cometer despojo con el inmueble hipotecado, de donde fueron después desalojados por proceso reivindicatorio, por lo que a su vez cedieron sus derechos a un segundo cesionario quien inició jurisdicción voluntaria para notificarme de tal adquisición y posteriormente demandarme vía nuevo especial hipotecario al cual respondí acreditando todo lo que me favorecía, finalmente el juez dictó sentencia definitiva resolviendo condena por conceptos de suerte principal e intereses moratorios, mismos que liquidé oportunamente teniendo que seguir tres incidentes de liquidación hasta que se cumplió totalmente con las obligaciones de la deuda. Ahora el juez ya declaró dicho cumplimiento total de la deuda y de la ejecución de las sentencias pero me niega la petición de cancelar la hipoteca, argumentando que la Ley da a entender que se debe abrir otro proceso para llevar a cabo dicha acción, lo cual me parece absurdo puesto que todas las pruebas documentales necesarias para cancelar la hipoteca están exhibidas en el presente juicio y no tiene sentido que yo deba consumir mucho tiempo y esfuerzo en volver a emplazar a los involucrados y obligarlos a que exhiban toda la documentación de contratos, convenios, cesiones además de sentencias, solamente para que se ordene la inscripción de la cancelación de la hipoteca, la cual debería ser un incidente más del mismo proceso especial hipotecario. ¿De verdad no existe ese incidente? ¿Hay alguien que conozca la materia y pueda apoyar?