Acerca del albacea

Realizada por Mariana. 15 jul 2020

Al hacer el testamento es necesaria(obligatoria) la firma del albacea para que sea válido y legal?
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Hola que tal, no es necesario, pero los herederos deben de designar una albacea.

Lic. Raúl Francisco Díaz Mortera Abogado en Minatitlán

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No necesita firma del Albacea

VEGA FIRMA JURÍDICA Abogado en Cuautitlán de Romero Rubio

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BUENAS NOCHES, a sus comentarios hago de su conocimiento que el autor de la herencia realiza dicho trámite ante el Notario Público de su Entidad Federativa, por lo que es su voluntad la que asienta el Notario en dicho documento. En este trámite también suele el mismo testador designar a la Albacea para representar y hacer lo que su voluntad quiso plasmar en ese documento. En ella, puede designar el nombre de una persona, como en caso de su ausencia o no aceptación, una sustituta. Por ello, no es necesaria la firma de la persona en ese momento. Sólo basta la aceptación y firma del testador o autor de la herencia.

Es preciso aclarar, que la aceptación del cargo de Albacea es cuando el testador haya muerto y se haya abierto su Juicio Sucesorio, para cuando se hayan realizado diversos pasos a seguir y el Juez que conozca de ese Juicio, llame a un Notario Público para que dé lectura a ese testamento. Hasta entonces que se conozca quien es el Albacea y dicha persona acepté y proteste el cargo, luego entonces, éste plasmará su firma y aceptación, más nunca antes. Sin otro particular, espero haber satisfecho sus dudas y comentarios. Licenciada Juárez.

Juárez & Juárez Asociados Abogado en Cuauhtémoc

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Déjeme decirle que cuando una persona hace un testamento, en el mismo se específica quién va a ser el albacea, incluso se puede designar un albacea sustituto, esas personas que fueron designadas por el testador pueden o no saber de su cargo, sin embargo una vez que se abra el testamento después de fallecido el testador y que se promueva el juicio testamentario, el juez familiar citaría a ese albacea para que acepte el cargo, (ahí es cuando el albacea firma) al aceptarlo el se encargaría de todo lo ahí estipulado, pero siempre debe de actuar bajo la supervisión de los herederos, en caso de no aceptar el cargo se puede nombrar al sustituto y/o en su caso designarlo directamente el juez.
En el testamento no es necesaria la firma del albacea, no es un requisito para que surta sus efectos.
Espero le ayude esa asesoría.

Lic. Jacobo Gallegos Canales Abogado en Monterrey

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Buen día, el testamento es un acto personalísimo y el testador es el que designa al albacea en el momento de realizar testamento, por lo cual no se requiere de la firma del albacea, con gusto se le apoya en la ciudad de Merida yucatan

López & Carrillo, abogados Abogado en Mérida

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Buenas noches no van a estar en la firma al albacea basta el designado por parte del testador ya en su momento durante el juicio el albacea tiene el derecho de aceptar o rechazar el cargo de albacea estamos orden para una mejor asesoría y ayudarle con su asunto.

Lic. Guillermo Sánchez Vargas Abogado en Uruapan

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