¿que puedo hacer si no quiero continuar con la demanda por alimentos ?

Realizada por Leydi Diana. 21 nov 2019 Pensión alimenticia

Y que pasa si no me presento para ver que fue lo que respondió el juez?
No notificaron aun

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BUENOS DÍAS, a sus comentarios, le señaló que como aún no han notificado, lo mejor es DESISTIRSE de su acción, ya que de lo contrario, el juicio continúa, ya que los alimentos si son para un menor siguen adelante por el conocido Interés Superior del menor. Saludos cordiales. Licenciada Juárez.

Juárez & Juárez Asociados Abogado en Cuauhtémoc

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si eres la parte actora, no se dará continuidad el asunto y checar bien si no esta emplazado, ya que en algunos estados si te desistes y esta emplazado el demandado se te cobran los gastos y costas, y si eres parte demandada haces muy mal, por que el juicio sigue en tu rebeldía y estas perdiendo la oportunidad de defenderte, sugiero consultes abogado materia familiar

Patiño & Asociados Michoacán Abogado en Morelia

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Que tal Leydi
Si no hay notificación no procede demanda alguna, ya que este es un requisito fundamental para que un juicio sea legal.

Defensa Migratoria Tapia & Asociados Abogado en Puebla de Zaragoza

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Buen día. Si aún no notifican al deudor alimentario puede desistirse mediante un escrito por el cual señale que no es su deseo continuar con la demanda de alimentos, señalando que bajo protesta de decir verdad ambos llegaron a un mutuo acuerdo en beneficio de los hijos y en el siguiente acuerdo el juez le solicitara ratifique su escrito. Esto siempre y cuando aún no se haya emplazado a la otra parte.

Corporativo Jurídico Fortuna & JP VictimaeAsociados AGS Abogado en Aguascalientes

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Hola Leydi; lo que debes hacer es desistirte de la demanda. Suerte...!

Lic. Andrés Osvaldo Navarrete Díaz Abogado en León

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Hola que tal!

Vaya a desistirse de la demanda, depende cada juzgador, ya que la pension alimenticia de menores de edad una vez presentada en el juzgado no debe desistirse puesto que es un derecho imprescribible sino suplir cualquier deficiencia y proceder en favor de los menores.

Pero no da mucha informacion... y tambien esta a criterio de cada juzgador. No todo juzgador tiene la razon, solo es su criterio.

Lic. Raúl Francisco Díaz Mortera Abogado en Minatitlán

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