Realizada por Karla Covarrubias. 11 abr 2018
Amparos
Me rentaba un señor que ya falleció y su hija se quedó como la actual arrendador.
Tuvimos unos inconvenientes, pero siempre hemos pagado la renta puntal.
Hace unas semanas nos dijo que ya no nos iba a dar contrato nuevo y que teníamos un mes para salirnos porque andaban en problemas legales con la casa todos sus hermanos.
La verdad no creo que sea así, por que acaba de rentar en la parte de arriba.
El problema es que yo tengo a mis hijos en la escuela que está enfrente del domicilio y pregunté en la escuela y ya no aceptan cambios de escuela porque el ciclo escolar ya va a terminar.
Puesto que también no hemos encontrado otro lugar cercas para cambiarnos y no afecte en la escuela.
¿Cómo podría hacerle para poder conseguir un amparo, sólo hasta que acabe el ciclo escolar?
Por favor, podrían asesorarme de los agradezco.
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Tienen que irse a juicio y ambas pagar abogados, no se si te convenga? de todas formas tarde o temprano te saldras, es cuestion que lo pienses.
Ella no te puede sacar así, te podemos ayudar para ganar tiempo, estamos a tus ordenes en caso de que te encuentres en el Estado y Ciudad de México para brindarte la asesoría jurídica correcta y nuestros servicios legales, excelente noche
No te puede sacar, para que lo haga tendría que abrir juicio, lo cual va a tardar 3 meses, depende el lugar donde te encuentres, por lo pronto paga tu renta puntual, en caso de que no te la quiera recibir, busca los juzgados de tu localidad y ahí haces la consignación de la renta, lo del amparo por lo pronto no te conviene, déjalo para cuando te llame a juicio para que desocupes el inmueble, ya que este te dará mas tiempo si lo llegas a necesitar. Saludos.
Buenas tardes:
La vía correcta no es un amparo, dependiendo de la ciudad donde Usted habite, existe la posibilidad legal de obtener se le renueve el contrato de arrendamiento hasta por un año (es el caso de Jalisco).
Por otro lado, su arrendadora no puede lanzarlo de su domicilio por cuenta propia, debe iniciar un juicio que no es rápido. En caso de ser así Usted puede consignar las rentas para que no se le considere incumplimiento de contrato en tanto se resuelve el juicio o Usted se va de la casa.
Quedo a sus órdenes.