Pensión alimenticia, pero estoy pagando la casa donde vivimos

Realizada por Javier Salazar. 10 jul 2018 Pensión alimenticia

No estamos casados por ninguna ley, vivimos en una casa que estoy pagando por INFONAVIT, yo pago todos los servicios, tenemos una hija de 15 años y una de 18, a ambas les pago las escuelas cuotas libros uniformes. Ella quiere que me salga de la casa, pero la verdad no tengo para pagar una renta y alimentos.

Dice que me vaa meter una pensión alimenticia en el trabajo, yo lo que quiero es quedarme en mi casa, pero claro, ella ya no me soporta, tengo otra casa muy lejos de mi trabajo y está vacía.

Preguntas:

1.- ¿Puede proceder la pensión alimenticia sin estar casados?
2.- ¿Puede obligarme a salirme de mi casa?
3.. ¿Qué es lo que si puede hacerme?
4.. ¿Salirse ella y dejarme a mis hijas?

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Hola Javier, claro que puedes solicitar estar en tu casa, porque es tuya, lo de la pension alimenticia porsupuesto que procede.

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Lic. Raúl Francisco Díaz Mortera Abogado en Minatitlán

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Buenas noches, a sus comentarios, le señaló que deberá demandar la terminación del concubinato y denunciar a la madre de sus hijas por ingratitud. Asimismo, es preciso señalar, que a la madre de sus hijas sólo le puede dar una indemnización por el tiempo en que vivieron juntos, además deberá acreditar que los bienes que usted tiene fueron obtenidos antes del concubinato, de lo contrario deberá otorgarle un 50% del valor de cada uno.

Ahora bien, de acuerdo a sus cuestionamientos, le contestó en los siguientes términos:

A la 1.- Sí, siempre y cuando ella no haya trabajado durante el concubinato y se haya dedicado a ser ama de casa; y sólo será por el tiempo que haya durado el concubinato.

A la 2.- No, no puede obligarlo a que salga de su domicilio, ya que los argumentos que ella pueda acreditar deberán estar fehacientemente sustentados. Pero, lo más sano en todos los sentidos es que uno de los dos salga del domicilio para evitar malos tratos o violencia familiar en cualquier sentido. Teniendo en cuenta que usted cuenta con otro bien inmueble para ello, lo aconsejable es que ella se vaya al otro inmueble con ciertas limitaciones, mediante convenio judicial.

A la 3.- Ya que contestada.

A la 4.- Si, puede ella salirse del domicilio y dejarle a sus hijas, siempre y cuando ellas quieran eso, además una ya es mayor de edad y mientras, estudié tiene derecho a recibir una pensión alimenticia; y la menor, deberá estar al corriente de sus estudios y ninguna de las dos deberá estar trabajando.

Saludos cordiales.
Licenciada Juárez.

Juárez & Juárez Asociados Abogado en Cuauhtémoc

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RESPUESTAS
1.- Si
2.- No
3.- Pedir pensión alimenticia
4.- Si, las hijas pueden decidir con quien quedarse.

ABOGADOS SUR Abogado en Tuxtla Gutiérrez

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buenas noches no te puede despojar de tu casa y puede cumplir la amenaza solo en relacion ala menor d edad ya que la otra hija tendria que demandarte los alimentos ella pero ello no implica que te convenga mas que te despoje y sigas pagando los alimentos en si te convendria mas que ella te demande pension alimenticia y tu le demandas la desocupacion y entrega del inmueble que se vaya a rentar

Samano Gómez Abogados Abogado en Iztapalapa

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Hola Javier, ¿Cómo estás?

Contestando a tus preguntas

1) Claro, siendo ellas tus hijas es obligación de padre y madre dar alimentos a sus hijos, sin importar si están casados o no, incluso, dependiendo del caso en particular, procede la pensión en favor de tu pareja.
2) De entrada no puede sacarte pero, dependiendo del caso en particular, tal vez se pueda acreditar un concubinato y exigirte la división de bienes. Te recomendamos tener una consulta lo antes posible para poder ayudarte a conservar tu patrimonio de manera particular sin mayor problema.
3) Dependiendo del caso en particular y de lo que diagnostiquemos en consulta, puede pedirte la pensión para tus hijas y ella y solicitar la partición de bienes
4) Repetimos, Dependiendo del caso en particular y de lo que diagnostiquemos en consulta, es viable esa posibilidad

Somos especialistas en juicios de Pensión Alimenticia y Concubinato.

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Esperamos tu respuesta.

Un cordial saludo.

AC Abogados Familiares, Civiles y de Sucesiones. Resolvemos tus problemas legales, protegemos a los que más quieres.

AC Abogados Startups y Mipymes Abogado en Ciudad Juárez

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Estimado Javier

1.- ¿Puede proceder la pensión alimenticia sin estar casados?
Afirmativo. Procede toda pensión alimenticia en favor de quien la necesita y a cargo de quien posee la obligación, en este caso sus hijas necesitan que usted aporte como nos cuenta que lo hace. Reúna todos los comprobantes de gastos que efectúa en favor de sus hijas, y siga guardándolos para que le sirvan de constancia de su cumplimiento. El juez tomará eso en cuenta al fijar pensión alimenticia.

2.- ¿Puede obligarme a salirme de mi casa?
Negativo. Usted claramente deja ver que esa casa es de su propiedad y es el patrimonio para sus hijas. Usted puede estar en posesión o puede ocupar la otra que menciona estar más alejada, de cualquier forma la propiedad sigue siendo de usted. Si la madre de sus hijas acredita tener derecho a un porcentaje por haber contribuído de alguna forma con ese patrimonio, un juez lo tomaría en cuenta.

3.. ¿Qué es lo que si puede hacerme?
Pedir alimentos para las hijas, pedir alejamiento del padre, pedir liquidación de bienes que acredite tener en común. Si usted no tiene conductas violentas o nocivas, si puede acreditar que aporta lo que sus hijas necesitan, no tiene que preocuparse más que de su estabilidad emocional por lo que implica una separación.

4.. ¿Salirse ella y dejarme a mis hijas?
Siempre será mejor que intenten alcanzar acuerdos pensando primero en el bienestar de sus hijas e inmediatamente después en el de ambos como pareja, sin dejar que el instinto de ambición les haga creer que perjudicando al otro obtendrán grandes beneficios. La confrontación nunca será lo más recomendable.

Asesores Lechuga Quijano Abogado en Cuautitlán Izcalli

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