¿Nos pueden desalojar de una casa que nos regalaron de palabra y con testamento?

Realizada por fernanfo de la garza. 13 mar 2016 Derecho a la vivienda

Una tía, desde que nací, dijo que me iba a dar una casa al casarme. Me dijo ¡vente a vivir a la casa! Ella no vivía aquí, nos fuimos a vivir ahí. Me hizo un testamento a mi nombre, me dio las escrituras, yo la pinté, re decoré el baño. impermeabilicé, cambié tuberías, pago recibos y le paso como una renta, ahora aconsejada por otras personas nos quiere sacar y vender la casa, tenemos 9 años viviendo acá ¿qué podríamos hacer?

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Si se las regalaron, es imposible que los saquen sea por testamento o no.
PERO si alguna vez tuvieron contrato de arrendamiento y pagaban renta, les será muy difícil acreditar que posterior a que rentaban se las regalaron pero de cualquier manera si, sí pasó de este modo, no pueden sacarlos.
Desgraciadamente cuando hubo Arrendamiento, es difícil para el juez decidir quien tiene la razón, porque hay muchos Inquilinos que al paso del tiempo se niegan a pagar la renta y alegan que se les regaló la casa, y TAMBIÉN, hay quien regala la casa, pero no hace escrituras y después a los familiares se les hace imposible de creer que si antes rentaban su familiar haya regalado, y es el juez quien escuchando a los hábiles Abogados decide quien tiene la razón.
Hemos analizado detenidamente su pregunta, entre los abogados de nuestro despacho, tenemos el mejor de los consejos que en línea podrías conseguir, y te ofrecemos toda la ayuda en línea de manera gratuita, que puedas necesitar específicamente en tu situación, si aún persiste su problema, conflicto, situación o duda, o incluso ésta ha variado o empeorado, le responderemos más ampliamente de manera personal a Usted, a través en .

Amparo y Derecho Administrativo en GDL Abogado en Tlaquepaque

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Estimado Fernando de la Garza:

Respecto a tu cuestionamiento, te comento en la ley civil, se contempla un medio para adquirir la propiedad de un bien inmueble (mediante juicio en el que se dicte sentencia que así lo declare), por aquella persona que lo haya poseído por cierto tiempo y que reúna los siguientes requisitos:

- que dicha posesión la haya adquirido en concepto de propietario (esto es que no sea con motivo de un comodato, arrendamiento, u otro tipo de posesión derivada), sino que desde que se adquiere la posesión, se haga con la creencia de que se es dueño del inmueble,

- que dicha posesión sea pacífica, pública, continua y de buena fe (creyendo justificadamente que se está adquiriendo la propiedad),

- o en caso de haber mala fe (se adquiere la posesión, a sabiendas de que no se está adquiriendo la propiedad, pero con el ánimo de ejercer el dominio directo del bien, y ánimo de apropiárselo)

En tu caso, si tu Tía de dijo que te regalaba la casa (donación) y adquiriste la posesión del inmueble creyendo que lo hacías como dueño, y has detentado dicha posesión durante el tiempo que mencionas y reúnes los demás requisitos, entonces tienes el derecho de que se declare a tu favor, la adquisición del inmueble por configurarse la usucapión.

Sin embargo, por lo que comentas, existe controversia al respecto con tu Tía, quien al parecer, tienen la creencia de que todavía es dueña, y pretende exigir que le devuelvas la posesión del inmueble, lo cual puede hacer por medio de un juicio seguido en tu contra.

Ante dicha situación, es importante valorar las posibilidades de éxito que pudiera tener cada una de las partes (Tú y tu Tía), en el juicio que en su momento se pudiera iniciar.

Y te comento, que tu Tía cuenta con mayores posibilidades, ya que si bien es cierto como tu lo comentas, que tu Tía te regaló (donó) la casa, también es cierto que lo hizo de palabra (de manera verbal), y no cuentas con prueba documental con la que acredites dicha donación, lo cual reduce tus posibilidades de poder demostrarlo en juicio (OJO: reduce las posibilidades, más no es imposible).

Por su parte, tu Tía debe contar con la escritura que la acredita legalmente como dueña, y es muy probable que dicha escritura esté registrada, por lo que tu Tía aparece como dueña en el Registro Público de la Propiedad.

Además de existir ciertos hechos, mediante los cuales tu Tía ejerce el dominio (actúa como dueña) del inmueble, y estos son el haber dispuesto del bien, en un testamento, y estar recibiendo el pago que realizas, por el uso y disfrute del inmueble, como si fueras inquilino y no dueño.

Por lo tanto, considerando lo anterior, tienes la posibilidad de que se declare en definitiva, que eres dueño de la casa, y ello solo se logra mediante el juicio correspondiente.

Espero te sea útil la información, para que puedas tomar la decisión que más te convenga.

Cualquier duda o aclaración, con gusto te atenderemos

Noctuam Ius Abogado en Guadalajara

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