Mi hija nunca fue reconocida por su padre en vida, sin embargo, un tribunal le otorgó la pensión de alimentos a la niña, al tiempo dejó de percibir dicha pensión y nos separamos, cada quien hizo su vida y yo me casé de nuevo y mi esposo reconoce a mi hija, al poco tiempo fallece el papá biológico de mi hija y en el acta de defunción la mencionan a ella y a su hermano como hijos del fallecido, 5 años han transcurrido desde ese lamentable hecho y ahora nos contacto la familia del papá biológico para que fuera mi hija a cobrar una herencia de unas prestaciones del trabajo de su papá biológico que era de donde le pagaban la manutención, sin embargo en la declaración de heredero universal solo colocaron al hijo. ¿Qué debo hacer?
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Debe demandar la acción de petición de herencia al albacea o a los herederos en caso de que se haya ya terminado el juicio sucesorio.
Buenas noches Ursula, es necesario que tu hija se presente a cobrar las prestaciones que señalas en tu narración, si aún estudia tu hija puede demandar a la sucesión los alimentos retroactivos desde que dejó de percibir, contáctenos, corporativo jurídico COAVE
Si un juzgado obliga a el papa biológico a pagar una pension alimenticia es por que este la reconocio como su hija. le aconsejamos que acuda con un abogado y le lleve la sentencia de pension aimenticia, copia de testamento, acta de nacimiento de su hija no mayor a 6 meses.