¿Se considera impago de pensión alimenticia por el proceso de cambio de empresa?

Realizada por Sandra. 31 jul 2018 Pensión alimenticia

Buenas tardes,

Mi duda es la siguiente si mi esposo dejó de laborar en su empresa y trabaja en una nueva empresa, el notificó al juzgado que ya no labora en la anterior. Yo estoy iniciando el trámite de descuento para esta nueva empresa.

Mis dudas son:

a) ¿Él tiene la obligacion legal de depositarme mientras se notifica a esta nueva empresa? ¿Tengo yo que apresurarme para meter el oficio de descuento? ¿Y él no está incumpliendo porque notifico que ya no trabaja en la anterior?
b) Nuestro convenio está por porcentaje, ¿en esta nueva empresa mis depositos se ajustarian a su nuevo sueldo o permanece la cantidad que me depositaba anteriormente?
c) Puedo pedir aumento de pensión, porque él ya gana menos, en caso que no me de lo mismo.

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No hay necesidad de complicarse.
El señor como deudor alimentario está cumpliendo al informar su cambio de trabajo y de patrón. La burocracia suele tardar más de lo que todos quisiéramos en comunicar la disposición judicial que ordena al nuevo patrón las retenciones que debe aplicar al trabajador con motivo de pensión alimenticia.
Usted puede pedir todo lo que se le ocurra sobre la pensión, incremento, retroactividad a la fecha que dejó de recibirla, etc. Si se lo conceden o no, será conforme al criterio del juez, pues no solo cuentan las circunstancias de los que reciben la pensión sino también las de quien es el obligado a proveerla. Todos tienen necesidades.

Asesores Lechuga Quijano Abogado en Cuautitlán Izcalli

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Buenas tardes, con respecto a sus dudas: su ex pareja tiene la obligación de proporcionar la pensión, en caso que él aún no proporcione nombre y dirección de su nuevo empleo, puede usted proporcionarlo, con respecto al porcentaje, este se ajusta a su sueldo.

Jurídico e Inmobiliaria H & M y asociados Abogado en Progreso

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Que señor tan responsable, muy pocos hacen eso.

Saludos.

Lic. Raúl Francisco Díaz Mortera Abogado en Minatitlán

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