¿Estoy obligada a pagar rentas de un inmueble donde el dueño falleció?

Realizada por Ericka neria tobon. 9 abr 2019 Arrendamiento

Tengo 4 años viviendo en un departamento, el cual rento. Hace 1 año en el de agosto 2018 los dueños fallecieron, la mamá murió primero y su único hijo heredo pero al mes falleció. Cabe mencionar que el señor no era casado y no tenía hijos. En el mes de septiembre llegó una señora diciendo que era la prima y que se le tenía que dar el importe de la renta, a lo cual me negué ya que no tenía nada que lo avalará. Ella inició su proceso de sucesión para poder reclamar el inmueble, el día 7 de abril 2019, llegó con un papel diciendo que ya es dueña (alabacea y heredera universal) que por lo tanto se le debían $45,000.00 MXN de las rentas acumuladas y que me daba 3 meses para irme.
¿Estoy obligada a pagar ese dinero? ¿Y qué procede?

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Hay que ver el documento, aún y cuando ya sea albacea o ya propietaria ella requiere promover un juicio sucesorio reinvindicatorio. Y es tardado. Y yo te recomiendo ir buscando otra casa y no pagar ese adeudo ya que el contrato fue con otra persona.

Lic. Raúl Francisco Díaz Mortera Abogado en Minatitlán

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Mientras no te llegue una notificación judicial donde de manera legal se determine y se te informe acerca del nuevo titular de los derechos sobre tu contrato de arrendamiento, a quien estarías obligado a pagar las rentas pendientes, puedes ir ahorrando ese dinero, o puedes ir consignando las rentas en un juzgado civil a nombre de la sucesión de la persona que pactó contigo el contrato de arrendamiento.

Asesores Lechuga Quijano Abogado en Cuautitlán Izcalli

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Si tiene derecho a cobrar, pero no la pude sacar a la fuerza, lo mejor sería que aprovechara los 3 meses para buscar otra casa, de usted depende salirse antes para que no pague lo atrasado.

GarciAbogadoS Abogado en Santiago de Querétaro

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Claro que el albacea tiene derecho a reclamar el pago de rentas ;

Lic. Patricia Cernas Abogado en Cuauhtémoc

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Buenas tardes:
Si está obligada a pagar la renta al propietario o al albacea. Lo que procedía en su momento era consignar la renta a Juez si no estaba segura quien tenía derecho.
Quedo a sus ordenes.

Projus. Rafael Rangel Zarza Abogado en Guadalajara

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