¿En qué consiste la demanda de paternidad y pensión?

Realizada por Fernanda Valnezuela Flores. 26 nov 2019 Abogado civil

Buenos días.
Cuando nació mi hija, su padre solo estuvo con nosotras dos meses y paso un año en el que no supe nada de él; después del año volvió durante 6 meses donde nos apoyó y nos íbamos a juntar lo que ya no concluyó porque se fue con otra mujer. Aún me está pagando unas deudas de muebles que sacamos y él se quedó, y solo fueron 3 semanas en las que me siguió dando para niña, pero él nunca preguntó como está la hija o lo que necesita.

Ya se va a cumplir un mes en el que no me da dinero para su hija. La niña tiene un año y medio y no tiene sus apellidos. Si llegara demandar ¿cómo quedarían las cosas?

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Hola que tal!

Le recomiendo ir con un buen abogado en materia familiar en su ciudad para que la asista y lleve el juicio de pension alimenticia para su hija.

No hay mucho que decirle, se necesita mas informacion para una mejor asesoria.

Saludos.

Lic. Raúl Francisco Díaz Mortera Abogado en Minatitlán

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BUENAS NOCHES, a sus comentarios, le señaló que deberá de demandar el Reconocimiento de Paternidad al padre de su hija (Dicho juicio tiene la finalidad que por medio de una prueba se acredite el parentesco que se tiene entre el menor y el padre de ese menor, quien tiene que responsabilizarse de sus obligaciones que van desde proporcionar alimentos, dar educación, comida, vestimenta, habitación y recreación.

Si no la ha realizado, entonces la autoridad como lo es un Juez lo obligará a que lo haga. Investigando desde sus alcances económicos hasta de propiedad, ya que los menores se les considera personas vulnerables y débiles para valerse por si mismas. La obligación va desde la concepción hasta los 26 años de edad. Es un obligación irrenunciable, indivisible y personalísima). Además de solicitarle una pensión alimenticia, la cual debe cubrirse de manera inmediata. Saludos cordiales. Licenciada Juárez.

Juárez & Juárez Asociados Abogado en Cuauhtémoc

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Que tal Fenarda, primero que nada tienes que demandar reconocimiento de paternidad, acompañado de alimentos provisionales, definitivos y retroactivos, ya que mientras no tenga los apellidos la menor, no podrás pedir alimentos, toma en cuenta que él, puede demandar las convivencias.-

GarciAbogadoS Abogado en Santiago de Querétaro

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Buenas noches.
Tiene que demandar el reconocimiento de Paternidad junto con la solicitud de Alimentos provisionales, definitivos y RETROACTIVOS, en este caso la prueba de ADN será solventada por el Estado y de acuerdo con el resultado positivo de la prueba determinarán los Provisionales.

Corporativo Jurídico Fortuna & JP VictimaeAsociados AGS Abogado en Aguascalientes

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Hola Fernanda; lo que debes hacer es demandarle la paternidad, y dentro de la misma demanda solicitar el pago de alimentos; si la prueba de ADN te resulta no costeable, no importa, el Estado puede asumir su costo. Suerte...!

Lic. Andrés Osvaldo Navarrete Díaz Abogado en León

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Es su obligación como madre demandar la paternidad y los alimentos para la niña, además de su guarda y custodia. Con ello la menor llevará el apellido de su padre y tendrá derecho a las visitas de convivencia..

Asesores Lechuga Quijano Abogado en Cuautitlán Izcalli

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