Consulta sobre doble pensión alimenticia

Realizada por A. Bernal. 18 jun 2015

En 2002 me mudé de la Cd. de México a Querétaro, a unos meses de estar allá me separé de mi esposa, con quien tuve dos hijos, hoy tienen 20 y 15 años y ambos son estudiantes (universidad y preparatoria respectivamente). Ella se regresó de inmediato al DF. con los niños.


En 2003 ella ingresó una demanda por pensión alimenticia, se le concedió provisional del 50%. Ese mismo año yo empecé otra relación, y en 2007 y 2009 tuve dos hijos más, hoy de 8 y 6 años. Todos mis hijos están registrados como tales. De mi primer matrimonio nunca me divorcié.


En 2006 compré una casa por Infonavit en Querétaro, terminando de pagarla en 2013. En esa casa hoy habitan mis hijos menores y su mamá.


En 2009 cambié de empleo, deteniendo los descuentos por pensión. Para ese momento, la interacción con mi todavía esposa había mejorado mucho y desde entonces contribuyo con una aportación discrecional para los gastos de ellos. La pensión, sin embargo, nunca se modificó legalmente.


Desde 2012 trabajo en el DF, y voy a Querétaro cada quince días. Estoy en este momento separándome de mi pareja actual, ella supongo que se había asesorado y me propuso que firmáramos un acuerdo para pensión. No quise firmarlo, pero el fin de semana pasado acordamos un poco más del 35% de mi sueldo actual, y se lo dejé una parte en efectivo y otra parte se la mandé hoy por un sistema a través del celular. También acordamos que los fines de semana que estuviera allá con los niños, yo usaría un vehículo (modelo 2002) que compramos el año pasado, y que dijimos que pondríamos a su nombre.


El domingo pasado comentamos que el fin de semana entrante iría a ver a los niños, por ser fin de semana del día del padre. Hoy que hablamos y le comenté mi intención de traer a los niños al DF para estar con todos mis hijos aquí, me dijo que podría traer a los niños pero no la camioneta, porque ella la quería usar allá y que ya está a su nombre y es de ella. En la discusión también me dijo que no me permitirá la entrada a la casa, y que cuando vaya a ver si encuentro la camioneta (insinuando que la esconderá). Al calor de la discusión, me dijo que no me va a dejar ver a los niños este fin de semana, que no me toca verlos hasta el otro, aunque sea día del padre.


Mi consulta es sobre cómo debo proceder, yo sé que un juez podrá determinar en un momento dado todo, pensión, casa, camioneta y lo más importante, régimen de convivencia, pero no nos corresponde ni a mí ni a ella, y en el inter no quiero estar a expensas de su voluntad.


Agradezco mucho su pronta respuesta para saber cómo proceder y cuáles son los primeros pasos para iniciar el proceso formal.

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Señor Bernal, no se si se da cuenta que usted aún sigue casado con su primera esposa y ya está caminando hacia su probable tercera relación asumiendo un crédito de INFONAVIT por un inmueble que habita su segunda pareja y que probablemente podría ser peleado como patrimonio familiar por la que es hoy su esposa si no están casados por bienes separados. Por lo que se refiere a sus hijos, si entendí bien, la pensión a la que el juez le condenó alguna vez se refería al patrón para el cual usted dejó de trabajar hace ya tiempo, por lo que ya no está vigente, sin embargo usted se ha hecho cargo de cubrir las necesidades de sus hijos. Lo recomendable ante la tormenta que puede avecinarse es que tome usted la iniciativa de acudir ante el juzgado de su jurisdicción para iniciar los depósitos para las pensiones alimenticias de todos sus hijos menores de edad e incluso el que ya es mayor y sigue estudiando su carrera universitaria, para que sea la autoridad quien controle lo que le corresponde a cada acreedor alimenticio (las dos madres y el hijo mayor) y la manera como se le harán los descuentos. Quisiera estar equivocado al pensar que es muy difícil mantener acuerdos económicos extrajudiciales entre tantas personas involucradas. Mis mejores deseos y estamos a sus órdenes en lo que podamos serle útiles.

Asesores Lechuga Quijano Abogado en Cuautitlán Izcalli

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El matrimonio que celebró con su primer pareja, si fue por sociedad conyugal, la casa que compro usted y que ya está pagada el 50% ya es de ella, y todo lo demás que esté a nombre suyo, la pensión siempre será de acuerdo a la posibilidad del que los da y a la necesidad de quien lo recibe, la convivencia tendrá que ser solicitada por usted ya que es otra litis separada de la pensión, si tiene dudas contácteme y con gusto le asesoramos.

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Hola.
Mi recomendación es iniciar un juicio de visita y correspondencia, para que de manera legal y no a contentillos tengas convivencia con tus hijos, lo referente al patrimonio, sería por medio del juicio de liquidación de sociedad conyugal.

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hay que checar la sentencia, cuando uno solicita régimen de visitas se manifiesta que los menores podrán convivir con el papa, en su cumpleños, dia del padre, etc... , me gustaría conocer más a detalle su caso para poderle ayudar, nosotros nos encontramos en la Ciudad de México, puede checar más información sobre nosotros en la fanpage de Facebook Soluciones Jurídicas - Lic. Víctor Carrillo Estrada, la asesoría que brindamos es totalmente gratuita.

Soluciones Jurídicas Lic. Víctor Carrillo Estrada Abogado en Cuauhtémoc

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