Mi demanda es por retención de menores, el juez de lo familiar ordenó estudios psicológicos para determinar el estado de los dos padres y de la menor, ya se encuentran en el juzgado la dictaminación de las áreas psicológicas y de trabajo social. ¿Cuánto tiempo puede tardar en dar esta resolución el juez de lo familiar para devolverme a mi hija de la cual yo tengo la custodia?
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Existe un termino legal para esto, pero es obvio que no puede dictarse la misma si no obran en el expediente todos y cada una de las pruebas y/o exámenes que fueron ofrecidos por las partes o por el propio Juez de manera oficiosa, pues es en beneficio de los menores que la resolución sea lo mas apegada a derecho y a las circunstancias reales del caso, además de que el Juez es experto en derecho mas no es Sicología infantil de manera que requiere de estos dictámenes para emitir su juicio.
Lo que si es obligación de su Abogado es velar por la celeridad y el correcto desahogo de toda prueba y diligencia, minimizando el rezago y agilizando por los medios legales que tiene a su disposición, como pedir los medios de apremio, para que estas se reúnan lo mas pronto posible,
Hola Alejandra!!!
Debes de acudir con un Abogado para que resuelva tu asunto. Este medio es para orientar a las personas en cuanto a si es posible iniciar una demanda en cuanto a beneficios y consecuencias, pero en relación a Juicios en curso, no se que haces aquí en lugar de Contratar un Abogado. Saludos