¿Se puede perder una querella por daños por perder el parte de tránsito?
Realizada por abraham gil. 30 sep 2015
Tuve un accidente de tránsito en el cual no acepte culpabilidad, e interpuse una querella por daños físicos ya que me fracturé la clavícula...pero en el mp me dicen que la aseguradora ya respondió por los daños del otro vehículo sin haber yo firmado el parte de transito..a lo cual mp me dice que quede con responsable, ¿es esto real?
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Buenas noches Abraham, puede ser "real", que te hayan considerado responsable del accidente de tránsito, con base en el parte de tránsito y el peritaje que se realiza, pero necesitas exponer el asunto con mayor precisión para saber si la actuación legal es con apoyo en los medios de convicción, además cuente con un seguro y seguramente de asesoría jurídica que te proporciona tu asegurador, coméntalo con ellos.
Se puede obtener la sentencia que ordene la reparación del daño o aquella que exima a cualquiera de las partes de responsabilidad a ello, teniendo o no a favor o en contra el dictamen de causalidad vial. Lo que se trata de decir es Ni se tiene garantizado el triunfo con este dictamen a favor, ni se esta perdido el asunto por tenerlo en contra, Los dictámenes son estudios realizados por expertos, pero aun los expertos se equivocan (A veces de mala fe), sin embargo este es solo uno de los elementos que debe tomar en cuenta el Juez para emitir el veredicto, cuando este dictamen esta en contra y uno esta seguro de que no refleja las conclusiones reales de lo que en realidad pasó, debe uno Impugnarlo, ofertar nuevos y mas especializados, si el caso lo amerita en costo, además de ofertar todos los medios al alcance que desvirtúan la opinión de los expertos además de las pruebas que técnica y jurídicamente ayuden a restarle credibilidad a dicho dictamen. de manera tal que al momento de la sentencia el juez no pueda darle un valor PLENO al peritaje indique lo que este indique. Obviamente esto lo realiza el Abogado experto
La parte de tránsito lo elabora una autoridad administrativa y su objetivo es únicamente manifestar el hecho o la mecánica del mismo. La única autoridad para deslindar responsabilidad es el juez.
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Abraham. te puedes apoyar con un perito vial para que emita un dictamen del accidente. y esto te sirva de apoyo.
Se necesitaría conocer toda la secuencia de hechos para poder emitir una opinión al respecto del deslinde de responsabilidades. En la otra consulta que usted mismo hizo, menciona que el otro conductor era menor de edad y que fue atendido por su aseguradora. Sin embargo no hace mención de cómo fueron los hechos. Para ayudarle se necesitaría conocer todos los detalles.