Registro como negocio de ventas en línea y cuáles son las obligaciones

Realizada por Jose. 16 jul 2017 Barra de abogados

El caso es el siguiente:


Somos dos socios, actualmente vendemos artículos en un portal de ventas en línea sin ningún problema, sólo es un ingreso extra para nosotros. En un principio vendíamos muy poco, pero ahora estamos a poco de llegar a ventas de $20,000.00 al mes.


Entonces el portal en que vendemos nos exige a ese punto le entreguemos nuestra información fiscal para continuar vendiendo en el sitio y convertirnos como vendedores profesionales.


Nosotros no tenemos ningún problema en declarar impuestos, pero no sabemos como nos tendríamos que dar de alta. ¿Cuánto de impuestos tenemos que pagar? ¿Qué requisitos debemos de cumplir para poder cumplir nuestras obligaciones fiscales?


Informacion adicional:


Los dos estamos registrados ante la hacienda con ingresos por salarios.


Los productos que vendemos son artículos electrónicos de origen chino, actualmente no contamos con ningun pedimento aduanal ni factura de compra.


Para los fines explicados anteriormente hemos visto 3 opciones:


A)

1.- Registrarnos en hacienda como un negocio entre los 2 socios.

2.- Registrarnos como importadores para asi tener los pedimentos necesarios para comprobar la propiedad de los articulos.


B)

1.- Solo uno de nosotros cambiar de regimen para agregar otros ingresos por las ventas de los articulos.

2.- Seguir comprando los productos sin obtener factura ni pedimento.


C)

Mezclar cualquiera de las opciones A o B.


Quisieramos saber lo siguiente:


1.- ¿Cuáles es la mejor opcion de las anteriores?

2.- ¿Cuánto de impuestos tenemos que pagar en la mejor opción?

3.- ¿Cuáles son los trámites necesarios?


Cualquier información adicional será bien recibida. Les agradezco de antemano.


Saludos.

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¡Hola Jose!

En el caso de una nueva empresa, en la cual existen dos o más socios y apenas comienza a consolidarse nuestra asesoría es que pueden solicitar la creación de una sociedad por acciones simplificadas (SAS). En la actualidad existe esta nueva sociedad que se crea aproximadamente en dos meses (máximo), sin ningún costo y con validez oficial.

Esta opción es más segura porque no ponen en peligro su patrimonio, ya que es una sociedad de responsabilidad limitada, lo cual hace que sus bienes patrimoniales siempre estén seguros.

Los dos pueden aumentar sus obligaciones o disminuirlas en cualquier momento no importa que actualmente estén dados de alta como sueldos y salarios. Es un trámite sencillo a través del portal del SAT, pero se sugiere que estén con un asesor al momento de hacerlo para que no tengan errores.

Por la venta de productos se paga el 16% de IVA y una tarifa de ISR por sus ingresos totales, la tarifa dependerá de sus ingresos. Esto solamente aplica si deciden darse de alta como persona física con actividad empresarial (esto es que los dos o uno se inscriba en hacienda).

Si se dan de alta por medio de la SAS es el 16% de IVA y una tarifa de ISR del 30%.

Lo que podrán hacer deducible será el costo de la compra de mercancía y todo lo que utilicen para llevar acabo su actividad económica, nosotros les ayudamos a crear la mejor estrategia fiscal para que el pago de impuestos no sea un dolor de cabeza.

El trámite para ser importador también es un proceso fácil y lo pueden realizar como personas físicas o cómo una SAS.

Somos una firma jurídica y contable con un área especializada en creación de negocios, dándoles un seguimiento legal y contable.

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Buenas noches.

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Esta opción es más segura porque no ponen en peligro su patrimonio, ya que es una sociedad de responsabilidad limitada, lo cual hace que sus bienes patrimoniales siempre estén seguros.

Los dos pueden aumentar sus obligaciones o disminuirlas en cualquier momento no importa que actualmente estén dados de alta como sueldos y salarios. Es un trámite sencillo a través del portal del SAT, pero se sugiere que estén con un asesor al momento de hacerlo para que no tengan errores.

Por la venta de productos se paga el 16% de IVA y una tarifa de ISR por sus ingresos totales, la tarifa dependerá de sus ingresos. Esto solamente aplica si deciden darse de alta como persona física con actividad empresarial (esto es que los dos o uno se inscriba en hacienda).

Si se dan de alta por medio de la SAS es el 16% de IVA y una tarifa de ISR del 30%.

Lo que podrán hacer deducible será el costo de la compra de mercancía y todo lo que utilicen para llevar acabo su actividad económica. Nosotros les ayudamos a crear la mejor estrategia fiscal para que el pago de impuestos no sea un dolor de cabeza.

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Éxito en su emprendimiento.

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