Quiero promover un divorcio incausado, ¿cuánto tendría que dar de pensión?

Realizada por Joel. 16 jul 2018 Pensión alimenticia

Año y medio de casados, bienes separados, 1 hija de año y medio, estoy pagando una casa de infonavit desde hace 6 meses , mi esposa no trabaja, tiene 22 años, preparatoria terminada. Trabajo en Telmex con sueldo de más menos 25 mil al mes más prestaciones. Vivo en la ciudad de Puebla. Quiero promover un divorcio incausado. ¿Qué me conviene? ¿Es cierto que los jueces fallan a favor de la mujer?¿ Es cierto que me conviene promover yo el divorcio incausado que ella? ¿Quiero una pensión justa para mi hija. Toman en cuenta el INFONAVIT si ellas se quedan a vivir ahí?

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Hola Joel, si tambien pienso te conviene promover un juicio de divorcio incausado, y checar si solo puedes darle pension a tu hija, y ellas quedarse a vivir en la casa, aunque posiblemente tu esposa tambien requiera pension, y es legal que te la pida por no tener una carrera profesional de la cual valerse por si misma o casa alguna, pero el de la ultima decision es el juez, quien otorga la pension y su porcentaje.

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Lic. Raúl Francisco Díaz Mortera Abogado en Minatitlán

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En la demanda de divorcio incausado, se debe incluir el convenio respecto a la pensión alimenticia de los hijos, la guarda y custodia, la convivencia, entre otras cosas, independientemente de quien haga primero la demanda, de manera inminente le llega la demanda a la contraparte para responder la demanda, y daran su postura sobre el convenio.

Lic. Robles Abogado en Puebla de Zaragoza

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Si el juez determina que por ser régimen de bienes separados por lo tanto la propiedad de la casa que garantiza el crédito del INFONAVIT es solo tuya, entonces la deuda también es solo tuya. Pero en un caso distinto en el cual al juez le acreditaran que ambas partes contribuyeron a la adquisición de ese patrimonio, entonces tanto la propiedad como su deuda se distribuirían entre ambos. Sin embargo eso es lo que se refiere a la distribución de bienes y no influye de ninguna forma en la determinación de la cuantía de la pensión alimenticia, porque aunque una vivienda resuelve parte de las necesidades de los acreedores alimentarios, no se puede argumentar que las otras necesidades deban verse disminuidas por esa razón. De cualquier forma, si el bien es tuyo y la deuda es tuya, la inversión es tuya, la estabilidad a largo plazo es tuya, y estarás cumpliendo con legar un patrimonio a los hijos tuyos.

Asesores Lechuga Quijano Abogado en Cuautitlán Izcalli

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