¿que se considera monto recuperado?
Mi situación es la siguiente; contrate a una abogada para hacer una demanda por incumplimiento de pensión alimenticia, se calculo de cuanto era el monto que adeudaba el demandado y esa cantidad se presenta ante el juez, esto fue en mayo y a partir de julio el denunciado empieza a dar la mensualidad de pensión alimenticia el juicio a un no termina no se a recuperado nada de esa cantidad, pero la aboga al enterarse que yo estaba recibiendo dinero del demandado me pide el 25 % de lo que me ha dado mi consulta es si estas mensualidades posteriores a la denuncia también son consideradas como recuperación del monto.
Hay una cotización del servicio no menciona nada al respecto solo su cuota inicial por asignación de caso, pagos mensuales y pago por recuperacion del 25 %.