¿Qué procede en este caso? Y ¿cómo puedo estar con mi hijo libremente?

Realizada por Victor. 8 mar 2016 Derechos del hombre

Llevo 10 meses de casado y 2 años y 5 meses de relación. Mi esposa me tomó de sorpresa cuando regrese de trabajar pidiéndome el divorcio, platiqué con ella para saber el por que su decisión tan repentino y su respuesta fue: por que siente que ya no hay interés, por que le llame la atención por haberse ido dejando la puerta abierta cuando mi hijo y yo dormíamos, que por que no puede con la responsabilidad de esposa pero como madre si quiere hacer las cosas bien. Ella al día siguiente se llevo a mi hijo y todas sus cosas dejando algunas pertenencias mías del cual me esta condicionando ver a mi hijo ciertas horas y solo puedo estar con mi hijo en la casa de su mamá, donde se fue a vivir. Esto paso el domingo 6 de marzo a las 8:40pm. Ella esta repitiendo el mismo patrón que su mama. ¿Que procede en este caso? Y como puedo estar con mi hijo libremente.

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Debes demandar ante el Juez que sea este quien les fije el régimen de pensión y de visitas y convivencia, para que el que no cumpla con el se le retire la custodia del menor.

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Es importante que nos digas si efectivamente ya se inició un procedimiento de divorcio ante una autoridad jurisdiccional, puesto que de ello se derivan dos supuestos:
Si aún no existe dicho procedimiento de divorcio podemos intentar conciliar con ella, a efecto de que conjuntamente con la solicitud de divorcio se presente un convenio en el que queden perfectamente bien establecidos los términos en el que han de concluir su vínculo matrimonial, y las condiciones en que ambos van a convivir con su menor hijo, es decir, quien tendrá la guarda y custodia del menor, el monto de pensión alimenticia para cubrir sus necesidades, el régimen de convivencia que se ha de fijar para quien no ostente la guarda y custodia, etc. Ésta sería la vía más óptima, y más fácil de realizar las cosas, por el bien de su menor hijo.

Ahora bien, si tu aun esposa ya inició un procedimiento de divorcio unilateralmente, debes de iniciar un procedimiento para que un juez de lo familiar determine un régimen de visitas y convivencias para que puedas ver a tu hijo, aunque también fijará una pensión alimenticia que tendrás que cubrir en la forma y monto que éste determine.
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