Quisiera saber que pensión le corresponde a mi hijo de año y medio. Y cómo se determina el derecho de visitas de su papá. Él y yo no estamos casados, el pequeño está registrado con apellido de ambos. También quisiera saber si me lo puede quitar porque no deja de amenazar con quitarlo de mi lado. Vivo en Querétaro, muchas gracias.
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No existen tablas tabuladores ni cuotas fijas. La pensión se fija tomando en cuenta DOS situaciones, por lógica una es primero, 1.- Las necesidades de los menores: El juez escucha a las partes y la documentación y determina cuanto es lo que necesitan para alimentos, educación, vestido y distracciones. Y distribuye la carga entre ambos de acurdo en lo que ganan, y quien tendrá la custodia; y 2.- Los Ingresos del padre (Pero este es el segundo factor). Si al padre no le es posible cubrir las necesidad que a él le tocan se fija lo más cercano posible de nodo que le quede para subsistir y para ahorro para el retiro. ES UN MITO creer que entre más gane el padre más le fijan, se deben analizar en conjunto los dos factores.
Por esto te conviene ser tu quien demandes para que no se te fije la pensión por testimoniales, inducciones y suposiciones de la madre, se te escuche y se te admitan las pruebas de cuanto percibes realmente
Buenas tardes señora Lucia, el Código Civil, no establece alguna cantidad determinada, o porcentaje por cada hijo que se tenga, es a facultad discrecional, por parte del Juez Familiar, mi experiencia profesional, me permite decirle que he visto que hay jueces que pueden otorgarle un 10, 15 , 20, y algunos extraordinariamente un 25, si su negocio no esta debidamente legalizado, ante Hacienda es claro que no podrá determinar que usted es trabajadora y percibe ingresos tan fácilmente, ahora bien el hecho de que usted tenga a sus hijos viviendo bajo su guarda y Custodia, es una manera de contribuir con la pensión, lo alimenticia, lo que si le aconsejo es que , demande la guarda y custodia ya que si a usted se la otorgan de manera provisional, que seguramente será así, y el se lleva a sus hijos, entonces usted podría ir a denunciar el delito de retención de menores, pero si no tiene la custodia provisional, y el se lleva a sus hijos no habría, delito que perseguir .
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Especialistas en Derecho Familiar
Ortiz Rubio Legal Abogados
Lic Valeria Ortiz Rubio Anzorena
La pensión alimenticia se fija tomando en cuenta: (i) las necesidades del acreedor alimentario, en este caso el menor de 1.5 años y (ii) las posibilidades económicas del deudor alimentario: el padre. Otra pregunta es respecto a la guarda y custodia, por lo general los Jueces tienen tendencia a otorgarla a favor de la madre hasta los 12 años de edad, en esta edad los niños pueden decidir con quien desean vivir. Sin embargo y para dejar clara la situación es recomendable que inicie el trámite de pensión alimenticia y de guarda y custodia lo antes posible.
Lucía. El porcentaje de la pensión alimenticia la determina el juez de lo familiar, igualmente la determinación de las visitas. Él no te puede quitar al menor pues incurriría en un delito. Inicia a la brevedad el trámite de la pensión alimenticia.