¿Puedo pedir pensión alimenticia para mi hijo si su padre falleció?

Realizada por Sara. 28 oct 2015

El padre de mi hijo trabajaba en un sindicato hasta el día de su muerte. Era casado y tiene una hija, mi hijo tiene sus apellidos y necesito saber si mi hijo tiene derecho a pensión y servicio médico.

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Usted tiene la obligación de comparecer al Juicio sucesorio del padre del menor acreditar la filiación es decir que fue su padre, esto con el acta de nacimiento y le será designado como heredero y beneficiario de una parte de la herencia, y mientras no se reparta se fijara una pensión para el menor que deberá de cubrir mensualmente el Albacea.
Respecto al servicio medico, eso es una situación particular entre fallecido y su sindicato, si la protección de este sindicato abarca a que fallecido el agremiado a la familia de este se le presentará servicio medico sin limitación alguna, entonces deberá exigirlo.

Amparo y Derecho Administrativo en GDL Abogado en Tlaquepaque

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El derecho que su hijo tiene de percibir alimentos, subsiste aún a pesar de la muerte de su Padre.

Lo que tiene que hacer, es iniciar el trámite del juicio sucesorio del fallecido Padre de su hijo (ya sea que haya dejado testamento o no), exhibir el acta de nacimiento para acreditar el parentesco (filiación) y exigir que se tomen las medias para asegurar el pago de los alimentos a su menor hijo.

En caso de que dicho juicio ya esté iniciado (lo cual puede averiguar con la asesoría jurídica correspondiente) pues deberá comparecer a dicho juicio y acreditar el parentesco con el acta de nacimiento, y exigir que se tomen las medidas necesarias para el pago de los alimentos.

Dicho pago, se efectuará con los bienes que hayan pertenecido al fallecido Padre de su menor hijo.

Y además del derecho a los alimentos que tiene su hijo, también es posible que tenga derecho a la herencia correspondiente, lo cual podrá saber, obteniendo la adecuada asesoría jurídica, por lo que será importante que contacte a un Abogado especialista en la materia.

Noctuam Ius Abogado en Guadalajara

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El derecho de percibir alimentos, subsiste, aún a pesar de la muerte de su Padre. Debiendo exigir dicha pensión, a la sucesión.

Es decir, que debe dar inicio al trámite del juicio sucesorio (testamentario o intestamentario), para que

Si existen bienes que hubieran pertenecido al fallecido Padre de su Hijo, entonces

Noctuam Ius Abogado en Guadalajara

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