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Son dos derechos y obligaciones totalmente por separado, existe la disposición expresa de que ni se debe dejar de pagar pensión alegando que no se le da acceso a los menores, ni se debe restringir la visita y convivencia pretextando la falta de pago de pensión.
Por eso a cada uno de manera independiente, la ley, asesora, protege y ordena restituir en sus derechos, claro cuando hacemos la reclamación correspondiente. Ella tiene en todo el momento el derecho de exigir el pago de las pensiones, una vez que así lo demande, y tu tienes el derecho a solicitar que se cumpla con tu derecho de visitas, en ambas cuestiones no se les permite usar como escusa el incumplimiento del otro, se imponen las sanciones relativas a el incumplimiento de cada quien de su obligaciones. Solo que al que no demanda pues no se le ayuda.
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