Necesito saber sobre la pensión compensatoria

Realizada por paulina. 6 jul 2015

Durante 19 años de matrimonio 18 yo no trabajé, ya que me dediqué al cuidado de mis hijos y a la atención del hogar en general y ahora que tengo de separada 9 meses mi todavía esposo no me da un solo peso para mi manutención , sin embargo durante los primeros 6 meses no dejo de dar dinero para los gastos básicos de nuestros hijos que son menores de edad, y de hecho nos dejó la casa en donde hemos vivido durante mas de 10 años, casa que es propia pero está a su nombre, y el se fue a vivir con sus papás.


dDe 3 meses a la fecha todo cambió, me dijo que debe mucho dinero, deuda producto de estarnos manteniendo , deuda que yo desconocía , pero deuda que ahora resulta que yo la debo también porque fue para vivir y me corresponde pagar… y que además de eso no tiene trabajo cuando hace 9 meses tenía al parecer mucho… Es decir todo era un engaño porque dice que para no preocuparme nunca me dijo, es decir vivir con dinero prestado al parecer, cosa que yo nunca tuve conocimiento hasta hace tres meses.

La cosa es que me dice que venderá la casa, me pide que venda mi carro porque está a pagos y ya no podrá pagar eso y que no tiene para pagar las tarjetas. Aclaro que las tarjetas están a mi nombre porque el está en buró de crédito y el uso se lo dio él no yo, y la camioneta también, y para acabarla ya ni siquiera me completa los pagos de gastos básicos comida, gasolina, y necesidades de nuestros hijos porque dice que no tiene ya. Como puede me da y a veces no , pero con las deudas que están a mi nombre ni un peso pone y me dijo que le haga como pueda porque él no puede ya pagarme eso.

Me ha dicho que la casa es de él, que está a su nombre y que no me corresponde nada, pero con la venta me pagará las deudas, y me rentará un lugar. Me ha dicho que me ponga a trabajar porque no puedo estar estirando la mano ya cuando jamás le he pedido nada desde que nos separamos y lo que pido es para los hijos…y me ha humillado mucho diciéndome que como por el...

Ya la situación se convierte en estresante, se molesta porque le pido dinero para comida, y pagos básicos, se molesta porque le digo que no puedo pagar tarjetas y que el banco me habla todos los días,, me dice que no tiene dinero, y que me espere y ya no puedo seguir con todo esto.

Así en cuestión de la casa yo quiero que me de la mitad de la venta porque el así me lo dijo que iba a ser, pero no creo que me dé nada por lo que veo, y si me da descontara esa deuda que dice que es mía también porque de ahí me mantuvo.

Aunque la casa esté a su nombre y si se adquirió durante nuestro matrimonio ¿puedo exigirle la mitad y que no me descuente nada de mi parte? ya que yo quiero comprar con lo que me ajuste un techo para mis hijos , porque aunque me diga que me pagará renta no confío y no quiero que me cobren a mi después la renta, ya que si no tiene ni para la despensa completa como espero que tenga par la renta. Él me dice que de la venta de la casa de ahí pagará durante un tiempo , pero sé que si se le acaba ese dinero me puede decir que no tiene para pagarme, y ¿qué haré yo si no puedo trabajar?

Tengo 44 años , me es difícil encontrar trabajo, me he dedicado al hogar y a mis hijos durante todo mi matrimonio y no estoy en posibilidades de pagar rentas y mantenerme yo, de hecho ya he pedido prestado para completar súper, y pagos de luz, y teléfono porque a él no le interesa…y me angustió mucho.

¿Puedo exigirle una pensión compensatoria aún no estando divorciada?

¿Puedo ir con un juez de lo familiar y ponerle como antecedente que estoy separada y mi situación para que al momento de divorciarme se tenga un antecedente y pueda exigir parte de la venta de la casa?

Cabe decir que él tiene ya una relación con otra mujer.

Quiero saber qué debo hacer para no quedarme desprotegida, y que no les falte a mis hijos casa, comida y sustento , y yo poder tener algo para por lo menos comprarme mis artículos de higiene personal.....

Gracias.

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que quien esté casado bajo régimen de separación de bienes puede demandar una indemnización hasta por 50 por ciento del valor de las propiedades que el cónyuge que trabaja fuera del hogar hubiere adquirido durante el matrimonio.
El artículo 289 bis del D. F. señala que cuando un cónyuge se dedica al hogar "ello le impide obtener ingresos propios", y tampoco tiene la compensación económica que le correspondería si desarrollara su actividad en el mercado laboral.
La primera sala de la SCJN determinó que la indemnización, establecida en el artículo 289 bis del Código Civil para el Distrito Federal -vigente a partir del primero de junio de 2000-, puede reclamarse en todas las demandas de divorcio presentadas con posterioridad a esa fecha, independientemente de que el matrimonio se hubiere celebrado anteriormente.
Los ministros consideraron que la aplicación del artículo 289 bis no plantea problema alguno desde la perspectiva de retroactividad de la ley contenida en el artículo 14 constitucional, porque, aseguran, no afecta derechos adquiridos del cónyuge o que éste se vea obligado a indemnizar, y tampoco puede equipararse a una sanción.

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