Mi ex me pide pensión después de 8 años.

Realizada por salvador martinez. 24 sep 2015

Mi ex pareja con la que no conviví mucho tiempo en relación me pide una pensión pero nunca me había pedido, ni siquiera me la ha llevado ni prestado siquiera para pasear con ella. Yo ya estoy casado y tengo con mi esposa 5 años y no sé nada de esto. ¿Me pueden ayudar o asesorar?

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Aunque tu relato luce incompleto, porque no aclaras si lo que no te han llevado ni prestado para pasear con ella, es una hija o una motocicleta, presumo que por tratarse de una pensión, que es lo que te están pidiendo, estás hablando de tu hija, aunque también hay pensiones para motocicletas. La cuestión es muy sencilla. Si realmente tienes una hija, tu obligación de mantenerla nació junto con ella, por lo cual puede sorprenderte que antes no te la pidieran, más no que ya lo estén haciendo ahora. No deberías esperar a ver cuando te la llevan o te la prestan para pasear con ella. Sería más fácil que tú fueras a buscarla, y así aprovechas para cumplir con tu obligación y disfrutar de tu derecho al mismo tiempo. Incluso las motocicletas también necesitan de mantenimiento, para que puedan salir a pasear con ellas.

Asesores Lechuga Quijano Abogado en Cuautitlán Izcalli

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Con el respeto debido debemos decirle que es obligación de ambos padres, hacerse cargo de los gastos de manutención así como de generar, y facilitar las convivencias, es decir que en ese sentido tanto ella ha sido omisa como usted en exigir es derecho que es fijado por la ley, EN ATENCION AL DESARROLLO FISICO, EMOCIONAL Y SICOLOGICO DE LA MENOR, (Físico y material son los Alimentos) Ambos derechos (Alimentos y Visitas) son indispensables imprescriptibles y totalmente independientes unos de otro es decir que el incumplimiento de parte de uno, JAMAS justificarla restricción o retención del otro ni VICEVERSA,
por LO TANTO EN TODO TIEMPO AMBOS TENDRAN SIEMPRE EL DERECHO DE EXIGIR DEL OTRO EL CUMPLIMIENTO DE AMBOS, PODRIA LA madre OBTENER DE UN juez LA ORDEN DE QUE USTED DEBE PRESENTARSE A CONVIVR CON LA MENOR.
Asesórese y demande antes de ser demandado para que se fijen condiciones justas.

Amparo y Derecho Administrativo en GDL Abogado en Tlaquepaque

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Hola buenas Tardes, en cuanto a la consulta que solicita, debemos recomendarle que inicie Usted el tramite primero, ya que la obligación de dar Alimentos es imprescriptible, es decir que no cesa, y si su Ex ya le comentó que se los va a pedir, mejor adelántese e inicie el tramite lo antes posible, y así, tendrá Usted el beneficio de manejar mejor el Juicio con las bases y condiciones que Usted decida. Así estará mas tranquilo. Saludos

DG & Asociados Abogados Abogado en Morelia

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Buenas Noches Salvador Martinez, "ya no te la presta ni siquiera para pasear con ella", eso quiere decir que si te la prestaba, por lo que en resumidas cuentas, debes de cumplir con la pensión ya que es una consecuencia del uso y disfrute de la cosa. saludos.

Asesoría Jurídica y Servicios Periciales Abogado en Monterrey

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Salvador los alimentos no prescriben. es decir tu tienes que. necesariamente otorgarle a tu menor hija una pensión alimenticia.

Lic. Jesús Alberto Cavazos Rosas Abogado en Santiago (Nuevo León)

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Buenas Tardes, con mucho gusto lo orientaremos y ayudaremos, me gustaría que pudiéramos platicar y de esta forma conozca nuestros servicios y costos, le agradecería mucho que me llame al numero de celular que aparece en los datos del despacho ASESORES JURIDICOS ASOCIADOS, muchas gracias.

Saludos Cordiales!!

Asesores Jurídicos Asociados Abogado en Cuautitlán Izcalli

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