¿Hasta qué edad de los hijos se debe aportar la pensión alimenticia?

Realizada por sandra flores. 23 abr 2014

Mi marido entrega pensión por matrimonio anterior. Son 2 hijos y uno de ellos ya cumplió 18 años. Al parecer este muchacho no estudia y goza de buena salud.

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Mi hija ya cumplió 18 años, termina de estudiar en 6 meses. Mi pregunta es su mamá no desea que trabaje porque le dijo que siga estudiando otra carrera para que no pierda la pensión, ¿es correcto lo que su mamá pide?

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Si ya es mayor de edad y ya dejó de estudiar; entonces no cumple con las características legales para poder ser acreedor alimentario.

Asesoría Jurídica Y Trámites Administrativos Abogado en Apizaco

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Si el hijo no estudia y cumple 18 años, hasta que los cumpla está obligado a otorgar la pensión.

G&P Asesores Abogado en Guadalajara

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Hay que cerciorarse si estudia o no. En caso que ya no lo haga, puede solicitar una reducción de pensión alimenticia.

Lic. Claudia Helen Arcos Zúñiga Abogado en Reynosa

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La pensión se debe dar hasta los dieciocho años. Se puede prorrogar si quien recibe la pensión estudia o está incapacitado. Ante el juez de lo familiar se debe pedir al reducción de pensión Alimenticia.
Quedamos a su amable disposición. Busque nuestros datos en la red en su buscador favorito Abogaiura
Atentamente Lic. José Jesús Rosales Estrada

Abogaiura Abogado en Tultitlán

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Ayer respondí esta pregunta; comente que la obligación alimentaria es hasta la mayoría de edad (18 años) o que el hijo aprenda un oficio; se puede pagar alimentos si el hijo continua sus estudios (universitarios) de manera continua; en este caso no es así por lo que se puede solicitar su cancelación con el acta de nacimiento del hijo vía incidental.

Corporativo Jurídico Maz Abogado en Villahermosa

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Hasta que cumplan la mayoría de edad o terminen de estudiar su carrera universitaria siempre y cuando se justifique la edad con el grado de estudios.

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Depende, si es menor y se casa, si es mayor de edad y deja de estudiar, cesa la obligación

Lic. Mayra Marina Alejandro Ochoa Abogado en Reynosa

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Hasta la mayoría de edad y siempre y cuando continuara estudiando el nivel superior o maestría de manera continúa podría seguir aportando los alimentos pero en el caso que comentas procede la cancelación inmediata acreditando que ya cumplió 18 años y no estudia.

Corporativo Jurídico Maz Abogado en Villahermosa

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Si es mayor de edad y no estudia podemos tramitar la cancelación de pensión alimenticia. Con gusto podemos ayudarlos.

Delgado, Mendoza & Asociados Abogado en Cuautitlán de Romero Rubio

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