Es obligación del Padre la manutención total, cuando ambos padres trabajan?

Realizada por Dudoso. 6 jul 2020

Me separé hace 5 años y tengo una hija de 8 años, desde el primer momento di pensión por mutuo acuerdo cada quincena, más a parte pago cable e internet, (más gastos seguidos de 100 pesos para esto, 200 pesos para el otro). La mamá siempre ha trabajado desde antes de tener a mi hija, gana un poco menos que yo.
Se quedaron en la casa donde vivíamos que esta a nombre mío y de mi hermana (es herencia de mis padres), jamás ha sido la intención que se vayan de esa casa por que es segura para mi hija, más sin embargo ella hizo uso de su crédito infonavit y sacó su casa, misma que esta rentando. Y amenaza con que se va a ir en cualquier momento. También se le dio vehículo para cualquier necesidad de mi hija.
La pregunta es;
Estoy haciendo bien ?
Me corresponde pagar el total de gastos en cuestión de servicios agua, luz, gas y gastos del vehículo. Más aparte de la pensión?
Me corresponde la manutención total de mi hija, siendo que ella trabaja?

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Hola que tal.

Por lo que veo lo esta haciendo muy bien, es un relajo luego sacar personas de una propiedad, nosotros cobramos caro por sacar alguien de la propiedad y usted de manera pasiva lo esta haciendo, eso es muy bueno, realmente te conviene que ella se vaya a su casa. Tu hija siempre sera tu hija este en esa casa o en otra, ella es libre de rehacer su vida y tu de disfrutar de tu hija para los efectos de convivencia.

No tienes obligacion de proporcionarle coche, pero se entiende que es por la comodidad de tu hija, pero si das mucho, no te quejes despues que tu mismo fuiste dandole las herramientas para dejarte en la calle.

El derecho a los alimentos de un menor deben de ser proporcionados por ambos progrenitores y de manera igual de acuerdo a sus posibilidades y como a las necesidades del acreedor.

Pienso que debes esperar a que se cambie de domicilio para promover una reduccion en los alimentos, o consignar otra cantidad que tu creas satisface las necesidades de tu hija, lo mejor es que vayan por igual en los gastos.

Saludos

Lic. Raúl Francisco Díaz Mortera Abogado en Minatitlán

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Dudoso, los dos están obligados a dar alimentos en la medida de las posibilidades, si se puede mas, mejor, el problema se presenta cuando se omite cumplir con esos deberes.

Asesoría y representación jurídica Martinez & Martinez Abogado en Ensenada

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No menciona que haya firmado un convenio ante alguna autoridad y que por tal motivo dé la pensión, sin embargo, suponiendo que existe un convenio del cual se desprende su obligación de dar alimentos, usted debe cumplir solo con el pago de la cantidad estipulada en el convenio, si adicionalmente usted se obligó en el mismo convenio a pagar los gastos que refiere entonces siga cubriendolos para que no incurra en responsabilidad por incumplimiento de convenio.

Por otra parte, si el acuerdo para el pago de alimentos fue de manera verbal entre usted y la mamá de su hija, sin intervención de ninguna autoridad, entonces puede pagar solo los gastos de su hija y a su vez dejar de pagar todo lo demás sin problema (legal).

Cualquier duda o comentario seguimos a sus órdenes.

VEGA FIRMA JURÍDICA Abogado en Cuautitlán de Romero Rubio

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La obligación alimenticia es de ambos padres, está de manera proporcional a su capacidad económica, estamos a sus ordenes para una mejor asesoría y ayudarle con su asunto.

Lic. Guillermo Sánchez Vargas Abogado en Uruapan

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Los alimentos son de acuerdo a las necesidades de quien los necesita, es tu hija tal vez lo merezca si lo tienes, pero ambos tienen la obligación de aportar dejala que se salga de tu casa, porque después te costará trabajo sacarla, ver a tu hija no te lo pueden impedir.

GarciAbogadoS Abogado en Santiago de Querétaro

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