Derechos de mi hija

Realizada por karen. 10 jul 2015

Hola, hace casi 6 años me junté con una persona, con la cual tenemos una hija de casi 5 años, me enteré que ésta persona está casada y que tiene hijos, si me separo de el, ¿qué derechos tiene mi hija?, ¿en dónde puedo tramitarlos? y ¿qué derechos tendría como concubina? y ¿en dónde podria legalizar mi convivencia con mi pareja?. Por su atención, gracias.

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Usted necesitaría hacer una demanda por pensión alimenticia para su hija,
Usted no reúne los requisitos ya que el señor es casado y usted lo sabia pero su hija tiene derechos.
Nos ponemos a tus ordenes derechoyleyesmexico

Derecho Y Leyes México Abogado en Iztapalapa

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Buenas Noches.

Conforme a lo que detalla, usted puede iniciar una jurisdicción voluntaria de acreditación de concubinato, separación de cuerpos, pensión alimenticia, guarda y custodia a fin de que pueda obtener una pensión compensatoria por el tiempo en que vivieron juntos y una pensión alimenticia a favor de la menor.

Dicho trámite lo puede realizar ante un Juez de lo Familiar.

Lo anterior se sustenta en base al siguiente criterio jurisprudencial:

Época: Décima Época
Registro: 2007307
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Libro 9, Agosto de 2014, Tomo III
Materia(s): Civil
Tesis: I.11o.C.53 C (10a.)
Página: 1653

CONCUBINATO. LA VOLUNTAD DE UNO DE LOS CONCUBINOS, EXTERNADA EN LAS DILIGENCIAS DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA, ES SUFICIENTE PARA TENERLO POR TERMINADO, SI NO EXISTE PRUEBA DE SU SUBSISTENCIA.

El artículo 291 Bis del Código Civil para el Distrito Federal prevé la institución jurídica del concubinato y establece dos requisitos para su existencia, a saber: el primero, que los concubinos hayan convivido en forma constante y permanente por un periodo mínimo de dos años, o bien, que tengan un hijo en común y, el segundo, que no se actualice alguno de los impedimentos para contraer matrimonio a que se refiere el diverso precepto 156 del citado ordenamiento. Así, el concubinato es una situación de hecho, que consiste en la manifestación de voluntad de dos personas para hacer vida en común sin impedimento legal. En la legislación no existe precepto que establezca qué procedimiento seguir para dar por terminado el concubinato, sin embargo, por ser una circunstancia de hecho que se origina por la voluntad de las partes involucradas, bastará con que uno de ellos manifieste su voluntad en ese sentido, para darlo por terminado. Así, las diligencias de jurisdicción voluntaria pueden ser el medio idóneo para tener por acreditada la terminación de un concubinato, en tanto que solamente se externa la voluntad de uno de los concubinos de dar por terminada la relación de concubinato. Lo anterior, porque la naturaleza intrínseca de la jurisdicción voluntaria, sólo requiere la intervención del Juez para acreditar que el promovente de las diligencias las ha iniciado con alguna finalidad, pero esa actuación no es para dirimir una pretensión, en tanto que excluye toda idea de controversia entre intereses encontrados. En ese contexto, las diligencias de jurisdicción voluntaria pueden ser el medio idóneo para comunicar la voluntad de no seguir vinculado al concubinato, en virtud de que esa decisión no está supeditada a explicación alguna sino, simplemente, al deseo de ya no continuar con la relación de hecho, siempre que no se demuestre por parte interesada que a pesar de la manifestación de voluntad la relación de hecho subsiste.

DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 89/2014. 31 de marzo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Daniel Horacio Escudero Contreras. Secretaria: Miriam Aidé García González.

Esta tesis se publicó el viernes 29 de agosto de 2014 a las 8:13 horas en el Semanario Judicial de la Federación.


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Buenas tardes, no importa su es casado o no, si hija tiene derechos y él obligaciones para con ella, procede una pensión alimenticia; en cuanto a su persona, una indemnización por el tiempo de haber estado con el, PUES COMO USTED DICE, apenas se enteró que es casado, no teniendo conocimiento de ello previamente, favor de contactarme para una asesoría profesional que usted merece, gracias

Asesoría Jurídica Integral Abogado en Cuauhtémoc

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