¿Cuánto tiene que darme de manutención el padre de mis hijos?

Realizada por Berenice. 24 sep 2015 Pensión alimenticia

Es militar y gana de 4500 a 5000 y me da 700 por semana, pero nunca se hace cargo de enfermedades, ropa, calzado y escuela.

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Como no aclaras cuantos hijos tienen y si los 4500 -/- 5000 que percibe también son semanales o son quincenales o mensuales, haz tú las cuentas, y si te da menos de un 15% por cada hijo que tengan, lleva la demanda de pensión al juez para que él la determine.

Asesores Lechuga Quijano Abogado en Cuautitlán Izcalli

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Deje la decisión al Juez, calcule cuanto requieren sus hijos mensualmente en alimentos, vestido, calzado, escuelas y gastos extras de acuerdo al nivel que están acostumbrados (analice realmente cuanto gasta en ellos). La pensión será fijada en la mitad de esa cantidad, pues la obligación es compartida al 50%. Si está en posibilidad de que el ejército le descuente esta cantidad y no representa más del 50% del sueldo que percibe esa cantidad es la que el Juez fijará seguramente.
Acuda con un abogado y lleve los comprobantes de gastos ordinarios corrientes de un mes, el le elaborará la demanda.

Amparo y Derecho Administrativo en GDL Abogado en Tlaquepaque

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Hola Berenice, muy buenas noches, antes que nada, espero que te encuentres bien en todos los aspectos. Antes que nada te comento, represento a NAIRDAIUS y te respondo lo siguiente: Como bien comentan los colegas, el porcentaje de manutención lo determina un Juez de lo familiar basándose en ese criterio, a las posibilidades de quien tiene que darlos y a las necesidades de quien debe recibirlos, pero también es importante comentarte, que tu también tienes derecho a una pensión si es que no realizas alguna actividad económica. aunque por lo que comentas en el foro, el te esta dando ahora más del 50% de lo que gana, si puedes iniciar un juicio, sería mucho mejor, ya que también se buscará la manera de que el tenga lo necesario para vivir bien.
Espero esta respuesta te haya servido de mucho.
Saludos cordiales.

Nairda Ius Abogado en Benito Juarez

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Berenice. los alimentos han de ser proporcionados a la posibilidad del que deba darlos y a la necesidad del que deba recibirlos, es decir, en este caso el Juez valora los ingresos de el y las necesidades de los hijos . y en base a esto resuelve el porcentaje.
Te recomiendo hagas el trámite por medio de un Abogado.

Lic. Jesús Alberto Cavazos Rosas Abogado en Santiago (Nuevo León)

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Hola Berenice, buenas Tardes, en atención a tu consulta, debemos recomendarte que tramites de inmediato la Pensión Alimenticia, es un juicio rápido y en el que podrás obtener la tranquilidad económica que necesitas, lleva la documentación necesaria (actas) al Despacho; la Cantidad se fija atendiendo a la capacidad económica del Deudor (Padre) y la necesidad de quien los recibe (Hijos) que te puedo adelantar que seria mucho mas de lo que comentas que actualmente de deposita. Quedamos a tus ordenes. Saludos

DG & Asociados Abogados Abogado en Morelia

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Buenas Tardes, con mucho gusto lo orientaremos y ayudaremos, me gustaría que pudiéramos platicar y de esta forma conozca nuestros servicios y costos, le agradecería mucho que me llame al numero de celular que aparece en los datos del despacho ASESORES JURIDICOS ASOCIADOS, muchas gracias.

Saludos Cordiales!!

Asesores Jurídicos Asociados Abogado en Cuautitlán Izcalli

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