Buen día, mi caso es el siguiente, debido a que vivía violencia me separé de mi esposo cuando mi hija tenía mes y medio de nacida. Me fui a vivir a otro estado para ser apoyada por mis padres; ha pasado un año de eso, aún no nos divorciamos y el papá de mi hija no me da dinero ni viene a verla argumentando que no tiene dinero para venir tan lejos. Dice que le permita llevarse a mi hija los fines de semana y me pasará pensión, que de otra manera no. Se me hace injusto que se la quiera llevar ya que ella no lo conoce y porque apenas tiene un año. ¿Qué debo hacer en este caso? ¿Tiene derecho en llevársela? ¿Cuánto debe darme de pensión si gana aprox. 4,800 al mes? De antemano gracias.
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta ha sido útil para 0 personas
Buenos días, ¿el señor la registró con sus apellidos? ¿el señor trabaja de manera formal en alguna empresa? en el código no se establece un porcentaje, pero a criterio de juez, condena de un 15 a un 20% de todos sus ingresos ordinarios y extraordinarios que perciba el deudor alimentario, le recomiendo que visite nuestro sitio en Abogacia.mx, ahí encontrara toda nuestra información. Sólo hay que llamar para concretar una cita, la asesoría legal es gratuita, nos encontramos en Ario 5, Colonia Roma Sur, Distrito Federal, de igual forma gestionamos asuntos de otros Estados de la República, estamos seguros de poderle ayudar.
Buenas noches, con relación a su asunto le comento que la pensión depende mucho de que cantidad o porcentaje determine el juez de lo familiar, considerando su caso en particular el juez fijará una cantidad aprox. equivalente al 30% de los ingresos en general que percibe su cónyuge, con relación a la convivencia que le pide tener con su hija, efectivamente tiene el derecho de convivir con la menor.
¿Te pareció útil?
¡Gracias por tu valoración!
Esta respuesta ha sido útil para 0 personas
Hola. Gracias por escribir. Si hay violencia puede usted negar las visitas, para evitar que se ponga en riesgo a su menor. Debe acudir ante juez de lo familiar e iniciar juicio de guarda y custodia, pago de alimentos y fijación de visitas y convivencias. El porcentaje en el Distrito Federal depende del criterio de los jueces y puede ser desde 15 % hasta 25%, según las necesidades alimentarias de su hija y los gastos que usted pueda acreditar. Lo mínimo a pagar en favor de un menor es un salario por día. Deseamos que haya sido de ayuda. Atte. Legis Semper Abogados.