La situación es la siguiente, yo doy 2 mil pesos por catorcena y me hago cargo de la colegiatura que es de $2,200 pesos mensuales, tengo 5 años de casado, mi esposa es menor que yo, tiene 29 años, acaba de terminar de estudiar y su titulo esta en trámite, se recibió de enfermera, nunca ha trabajado en todo este tiempo, estamos ya separados, ella vive en casa propia, yo por el momento con mis papás, así que por mes ella percibe $6,200, yo gano alrededor de $7,000 pesos por catorcena, pero de lo que me queda pago las tarjetas de crédito de las cosas de la casa.
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Conviene que seas tú mismo quien solicite la pensión al Juez para que tengas la oportunidad de probarle realmente tus ingresos promedios mensuales, en base a los estimados, carta de tus patrones, opiniones y testimonios de vecinos, y acreditar tu modo de vida y estándar, de lo contrario se te fijara en base a los elementos que tu ex pareja le allegue al juez sin tu intervención y puede resultarte imposible de pagar.
No existen tablas tabuladores ni cuotas fijas. La pensión se fija tomando en cuenta DOS situaciones, por lógica una es primero, 1.- Las necesidades de los menores: El juez escucha a las partes y la documentación y determina cuanto es lo que necesitan para alimentos, educación, vestido y distracciones. Y distribuye la carga entre ambos de acurdo en lo que ganan, y quien tendrá la custodia; y 2.- Los Ingresos del padre (Pero este es el segundo factor). Si al padre no le es posible cubrir las necesidad que a él le tocan se fija lo más cercano posible de nodo que le quede para subsistir y para ahorro para el retiro. ES UN MITO creer que entre más gane el padre más le fijan, se deben analizar en conjunto los dos factores.
Por esto te conviene ser tu quien demandes para que no se te fije la pensión por testimoniales, inducciones y suposiciones de la madre, se te escuche y se te admitan las pruebas de cuanto percibes realmente
Asimismo el Juez fijara estrictamente el régimen de visitas y convivencias en el caso de que Ustedes no le propongan uno o que no se pongan de acuerdo en alguno, el cual debe de ser respetado por ambos, tú debes asistir y ella debe dejarlos convivir y no interferir, cualquier incumplimiento es violencia y maltrato infantil y el Juez le sancionara al incumplido, con amonestación, multa arresto y si se insiste en no dar las facilidades, en el proceso penal correspondiente, la cárcel y perder la custodia de los menores a cuidado.
la pensión alimenticia la establece el juez tomando en consideración la necesidad del acreedor alimentista y la posibilidad económica del deudor alimentista, así es que si aun no existe sentencia sobre la pensión alimenticia, pues es importante hacerle saber al juez tu situación económica y la situación económica de la madre para que el juez tenga mas claros los elementos a considerar en el momento de resolver.