Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
El código de procedimientos civiles del estado de Jalisco, no prevé el divorcio incausado; sin embargo, existe un nuevo criterio de la La Suprema Corte de Justicia, que refiere que ya no es necesario probar la causal de divorcio que se demanda.
¿Te pareció útil?
¡Gracias por tu valoración!
1 respuesta
Desde hace años, previo ala precisión de criterio de la suprema corte de la nación mediante la Jurisprudencia que está en boga, en Jalisco es posible acceder al Divorcio sin necesidad de tener mas causa que la de Incompatibilidad de caracteres, lo que hace innecesario en abundar sobre alguna causa en especifica, como imagina el común de la población debe tener (Infidelidades, Golpes, Fraudes, Abandonos etc.) Simplemente con manifestarle al C. Juez que por no tener afinidad ya con la pareja, no es su deseo continuar con la relación, y el juez con esta simple Razón debe decretar el divorcio sin mas averiguaciones.
Esto porque por fin se ha llegado al entendimiento de que es imposible que un Juez obligue a dos personas a seguir juntas conviviendo como esposos cuan do al menos una de las partes ya no lo desea, por ende aunque no exista otra causa mas que la de no desearlo se decreta la disolución del vinculo.
¿Te pareció útil?
¡Gracias por tu valoración!
Explica tu caso a nuestros abogados
Realiza tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.
abogados
preguntas
respuestas
Busca entre las preguntas ya existentes
Encuentra respuestas entre las más de 39900 preguntas que se han realizado en Abogacia.mx